¿Cuándo dejó de ser autónomo tengo derecho a paro?

¿Cuándo dejó de ser autónomo tengo derecho a paro?

Según el Reglamento General de la Ley de Seguridad Social, los trabajadores por cuenta propia o autónomos tienen derecho a percibir el subsidio por desempleo en los mismos términos que los trabajadores por cuenta ajena, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos. No obstante, el subsidio por desempleo para autónomos se rige por unas normas especiales, que a continuación detallamos.

Para tener derecho al subsidio por desempleo, el trabajador autónomo deberá haber estado cotizando de forma ininterrumpida durante los últimos cinco años anteriores a su declaración de cese de actividad. No obstante, si el trabajador ha estado cotizando durante menos de cinco años, también podrá acceder al subsidio por desempleo, siempre y cuando haya cotizado, como mínimo, durante los últimos doce meses.

Otro requisito que deberá cumplir el trabajador autónomo para acceder al subsidio por desempleo es que, en el momento de su solicitud, no esté cobrando ni el subsidio por maternidad/paternidad ni el subsidio por enfermedad. No obstante, si el trabajador está cobrando el subsidio por enfermedad, podrá acceder al subsidio por desempleo una vez que haya agotado dicho subsidio.

Por último, cabe destacar que, para acceder al subsidio por desempleo, el trabajador autónomo deberá estar inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y haber cesado voluntariamente su actividad.

¿Cuánto paro tiene un autónomo por cese de actividad?

Un autónomo puede cobrar la prestación por cese de actividad si cumple una serie de requisitos. En primer lugar, debe haber cotizado al menos 360 días en los últimos cinco años. Además, el cese de la actividad debe ser voluntario y no puede estar provocado por un despido.

Para cobrar la prestación, el autónomo deberá hacer una solicitud a la Seguridad Social, aportando una serie de documentos. Entre ellos, deberá presentar una declaración jurada en la que se especifique el cese de actividad y se acredite que se cumplen los requisitos para cobrar la prestación.

La prestación por cese de actividad es de 360 euros mensuales durante un máximo de nueve meses. No obstante, en algunos casos es posible cobrar una prestación más alta. Por ejemplo, si el autónomo tiene hijos a cargo, la prestación se incrementará en un 50%.

Para cobrar la prestación por cese de actividad, el autónomo deberá hacer una solicitud a la Seguridad Social, aportando una serie de documentos. Entre ellos, deberá presentar una declaración jurada en la que se especifique el cese de actividad y se acredite que se cumplen los requisitos para cobrar la prestación.

La prestación por cese de actividad es de 360 euros mensuales durante un máximo de nueve meses. No obstante, en algunos casos es posible cobrar una prestación más alta. Por ejemplo, si el autónomo tiene hijos a cargo, la prestación se incrementará en un 50%.

¿Qué pasa si me doy de baja de autónomos?

Para darse de baja como autónomo, lo primero que hay que hacer es acreditar ante hacienda que se ha cerrado la actividad económica. Esto se hace a través de una declaración responsable en la que se indica el cese de la actividad y se adjuntan los últimos balances y declaraciones presentados.

Una vez que se ha presentado la declaración responsable, se procederá al cese del contrato de alta en la Seguridad Social, que se deberá solicitar en el plazo de los 10 días siguientes al cese de la actividad.

El alta como autónomo supone un compromiso de 3 años, por lo que al darse de baja antes de este tiempo se deberá abonar una penalización que será del 50% de la cuota que se dejó de pagar en los últimos 12 meses.

Otra de las consecuencias de darse de baja como autónomo es que se pierde el derecho a la prestación por desempleo, aunque se puede mantener el derecho a la prestación por cese de actividad.

En cuanto a los impuestos, si se cesa la actividad antes de haber abonado la totalidad del impuesto de sociedades, se deberá hacer frente al pago del mismo. No obstante, si se cesa la actividad antes de que finalice el año, se podrá solicitar la devolución del exceso pagado.

En cuanto a los seguros, al darse de baja como autónomo se pierde el derecho a la cobertura médica por parte de la Seguridad Social, por lo que habrá que darse de alta en un seguro privado.

En resumen, darse de baja como autónomo conlleva una serie de tramitaciones, y una vez que se ha hecho efectivo el cese de la actividad, hay que tener en cuenta que se pierde el derecho a la prestación por desempleo, aunque se puede mantener el derecho a la prestación por cese de actividad.

¿Cuándo puede solicitar paro un autónomo?

Si eres autónomo y te has quedado sin trabajo, puedes solicitar el subsidio por desempleo. Para ello, debes haber cotizado como mínimo 12 meses en los últimos 18 meses. Si reúnes estos requisitos, podrás cobrar el subsidio durante un máximo de 24 meses.

Para solicitar el subsidio, debes acudir a la oficina de Seguridad Social más cercana a tu domicilio. Allí, deberás presentar la documentación necesaria y rellenar un formulario. En algunos casos, se podrá solicitar el subsidio por internet.

Una vez que hayas solicitado el subsidio, la Seguridad Social te enviará una carta en la que se especificará la cantidad que recibirás cada mes. Recibirás el subsidio desde el primer día del mes siguiente al de la solicitud.

Para cobrar el subsidio, deberás acudir a la oficina de la Seguridad Social cada mes. Si estás de acuerdo, también se podrá hacer de forma trimestral. Para ello, deberás presentar una declaración responsable en la que se especificará que durante ese trimestre no has cobrado ningún otro tipo de ingresos.

En algunos casos, se podrá cobrar el subsidio de forma anticipada. Para ello, deberás solicitarlo en la oficina de la Seguridad Social y justificar que tienes una necesidad urgente de cobrar el subsidio. Por ejemplo, si necesitas hacer frente a un gasto imprevisto o si no tienes dinero para comprar comida.

¿Cómo recuperar el paro después de ser autónomo?

Ser autónomo tiene muchas ventajas, pero también implica asumir un gran número de responsabilidades. Una de ellas es gestionar tu propia seguridad laboral. Si después de haberlo sido, vuelves a estar en paro, ¿sabes cómo recuperar el subsidio?

En primer lugar, debes saber que si eres autónomo y te vas a quedar sin trabajo, no podrás acogerte al subsidio por desempleo. Sin embargo, eso no significa que no puedas recibir ningún tipo de ayuda, ya que existen otras prestaciones a las que puedes acceder.

Por ejemplo, si cotizas a la Seguridad Social como autónomo, podrás acogerte al subsidio por cese de actividad. Se trata de una prestación por desempleo dirigida a trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a cesar su actividad por causas ajenas a su voluntad. Para poder acceder a ella, debes cumplir una serie de requisitos, como haber cotizado como autónomo durante, al menos, 12 meses en los últimos 18 meses.

Otra de las prestaciones a las que puedes acceder es la ayuda por hijo a cargo, que se puede solicitar aunque no se esté cotizando a la Seguridad Social. Para poder cobrarla, debes ser padre o madre soltero/a, tener un hijo menor de 3 años o un hijo con discapacidad, y no superar unos determinados ingresos.

En cualquier caso, si necesitas más información sobre cómo recuperar el paro después de ser autónomo, lo mejor es que te pongas en contacto con el Servicio Público de Empleo para que te asesoren sobre las prestaciones a las que puedes acceder en tu caso concreto.

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