¿Cuándo van a pagar la pensión de la brecha de género?

¿Cuándo van a pagar la pensión de la brecha de género?

La pensión de la brecha de género se pagará a las mujeres que tengan 60 años o más y hayan cotizado durante 25 años o más. Se espera que esto beneficie a unas 3,5 millones de mujeres. La pensión se pagará en diciembre de 2019 y se retroactivará a enero de 2019.

¿Cómo pedir el complemento de 378 euros por hijo en la pensión?

Para percibir el complemento de 378 euros por hijo a cargo, los pensionistas deben solicitarlo a la administración de la Seguridad Social. El importe se abonará en la misma nómina que la pensión y no será necesario presentar ningún tipo de justificante.

¿Quiénes tienen derecho? Podrán percibirlo los pensionistas que tengan al menos un hijo a su cargo menor de 25 años o en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. No obstante, si el hijo está estudiando un ciclo formativo de grado medio, un ciclo formativo de grado superior o formación profesional de grado 1, el derecho a percibir el complemento se extenderá hasta los 26 años de edad.

Por otro lado, los pensionistas que cobren la pensión mínima (importe actual: 860,60 euros) y tengan un hijo a su cargo, también percibirán este complemento. No obstante, en este caso sí será necesario acreditar que el pensionista es el único responsable del menor mediante el correspondiente certificado de familia numerosa o monoparental.

¿Cómo se solicita? El pensionista deberá dirigirse a la Oficina Virtual de la Seguridad Social y, una vez dentro de ella, hacer clic en el apartado "Pensiones y Rentas". A continuación, deberá seleccionar la opción "Complemento por hijo a cargo en la pensión".

Una vez dentro de este apartado, el usuario deberá identificarse con su número de afiliación a la Seguridad Social y su contraseña. Si aún no se ha dado de alta en la Oficina Virtual, deberá hacerlo antes de continuar con el proceso.

Una vez dentro de su área personal, el pensionista deberá seleccionar la opción "Solicitar complemento por hijo a cargo" y rellenar el formulario que se le presentará a continuación. En este formulario, deberá indicar su nombre, apellidos, número de afiliación a la Seguridad Social, NIE, domicilio, número de teléfono y datos bancarios.

Una vez rellenado el formulario, el usuario deberá hacer clic en el botón "Enviar" y la solicitud será tramitada. En caso de que todos los datos sean correctos, el complemento será abonado en la misma nómina que la pensión.

¿Cuándo se cobra el complemento por hijo a cargo?

El complemento por hijo a cargo se cobra junto con la pensión mensual, a partir del primer día de cobro de la pensión. Su cuantía se revaloriza anualmente en función de la variación del Índice de Precios al Consumo para España (IPC).

¿Qué requisitos se deben cumplir para percibirlo?

Para percibirlo, el beneficiario de la pensión de jubilación o invalidez debe:

  • Ser padre o madre del hijo o hija a cargo.
  • Tener a su cargo la custodia y tutela legal del hijo o hija.
  • Que el hijo o hija a su cargo no tenga ingresos superiores a 2.5 veces el IPREM (2.448,07 euros en 2020).

En el caso de que el beneficiario de la pensión tenga a su cargo más de un hijo, se incrementará el complemento en función del número de hijos a cargo, de la siguiente forma:

  • Por el primer hijo o hija a cargo, en un 100% de la cuantía del complemento.
  • Por el segundo hijo o hija a cargo, en un 125% de la cuantía del complemento.
  • Por el tercer hijo o hija a cargo, en un 150% de la cuantía del complemento.
  • Por el cuarto hijo o hija a cargo, en un 175% de la cuantía del complemento.
  • Por cada hijo o hija a cargo a partir del cuarto, en un 200% de la cuantía del complemento.

La cuantía del complemento será la misma para todos los hijos a cargo, independientemente de su edad.

¿Cómo se calcula el complemento por hijo a cargo?

El complemento por hijo a cargo se calculará en función de la pensión que perciba el beneficiario, de la siguiente forma:

  • Si la pensión percibida es inferior a 1.200 euros, el complemento será de un 25% de la pensión.
  • Si la pensión percibida es igual o superior a 1.200 euros, el complemento será de 300 euros.

No obstante, en el caso de que el beneficiario de la pensión perciba otros complementos por hijo a cargo (por ejemplo, por hijo con discapacidad), la cuantía del complemento no podrá superar los 300 euros mensuales.

¿Cómo solicitar los 28 euros por hijo?

Los 28 euros por hijo son una ayuda que se da a aquellas familias con hijos menores de 18 años para hacer frente a los gastos de los niños. El importe de la ayuda se calcula en función de los ingresos de la familia y del número de hijos que se tengan.

Para solicitar los 28 euros por hijo, hay que rellenar el formulario que se puede descargar en el siguiente enlace:

https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/proteccionSocial/desempleo/ayudasSubsidios/Paginas/ayuda28euros.aspx

Una vez rellenado el formulario, hay que adjuntar la documentación necesaria y enviarlo a la oficina de prestaciones. La documentación necesaria es la siguiente:

  • Documento acreditativo de la situación de desempleo.
  • Documento acreditativo de la identidad.
  • Documento acreditativo del domicilio.
  • Documento acreditativo de los hijos menores de 18 años a cargo.
  • Documento acreditativo de los ingresos percibidos por todos los miembros de la familia.
  • Una vez que se haya presentado la solicitud, la oficina de prestaciones se pondrá en contacto con el solicitante para informarle del resultado de la solicitud.

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