¿Cuánto cobro de paternidad si soy autonomo?
La paternidad es una prestación económica aportada por la Seguridad Social a los trabajadores para que puedan disfrutar de una licencia de baja laboral tras la llegada de un hijo. Esta prestación está establecida en el Régimen General de la Seguridad Social para aquellos trabajadores con contrato y cotizaciones a la seguridad social. Pero ¿qué ocurre con los trabajadores autónomos? ¿Tienen derecho a cobrar la paternidad?
La respuesta es sí. Siendo un autónomo se tiene derecho a cobrar la prestación de paternidad. Esta prestación está reconocida por la Ley de Autónomos y se encuentra regulada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta prestación cuenta con unas características y porcentajes específicos para los autónomos.
Entonces, ¿cuánto cobro de paternidad si soy autonomo? La cantidad a recibir se establece en función de los ingresos percibidos en el año anterior a la solicitud. En concreto, se cobrará el 60% de los ingresos percibidos. Esta cantidad estará sujeta al límite máximo establecido en la Ley, que es de 1.500€. Por tanto, si los ingresos percibidos en el año anterior superan esta cantidad, se cobrará el límite establecido, es decir, 1.500€.
Además, hay que tener en cuenta que la duración de la prestación en el caso de los autónomos es de 16 semanas, como es el caso de los trabajadores con contrato. Esta duración se puede distribuir entre el padre o la madre según el interés de cada uno.
Por lo tanto, si eres autónomo, tienes derecho a percibir la prestación de paternidad, cuyo importe se establece en función de los ingresos percibidos en el año anterior al de la solicitud, con un límite máximo de 1.500€ y una duración de 16 semanas.
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