¿Cuánto es el 125% de la base mínima de cotización?

¿Cuánto es el 125% de la base mínima de cotización?

La base mínima de cotización es el valor mínimo que se puede cotizar a la Seguridad Social, y el 125% es el porcentaje que se aplica a esa cantidad. Esto quiere decir que, si la base mínima de cotización es de 600 euros, el 125% sería de 750 euros.

¿Cuál es la base de cotización del subsidio para mayores de 52 años?

El subsidio para mayores de 52 años se calcula sobre la base de la última remuneración percibida por el trabajador. Para ello, se toma como referencia el último salario cotizado a la Seguridad Social, independientemente de si éste es el salario base, complementarios o extras.

¿Cómo se calcula la base mínima de cotización?

La base mínima de cotización (BMC) es el valor por debajo del cual no se puede descontar la cotización a la Seguridad Social. En 2019, la BMC es de 861,70 euros mensuales.

Para calcular la BMC, se tiene en cuenta el total de ingresos del trabajador durante el mes, incluidos los extras, comisiones, pagas extras, etc. Se excluyen los ingresos exentos de cotización, como los subsidios por desempleo, enfermedad o maternidad.

La BMC se calcula de forma diferente si el trabajador es autonomo o asalariado.

Autónomos

Para los trabajadores autónomos, la BMC se calcula en función de los ingresos brutos, es decir, sin descontar los gastos ni impuestos.

Asalariados

Para los trabajadores asalariados, la BMC se calcula en función de los ingresos netos, es decir, después de descontar los gastos e impuestos.

La BMC se actualiza cada año y se publica en el BOE antes del 1 de enero.

¿Cuál es la cotización del subsidio para mayores de 55 años?

Los trabajadores mayores de 55 años que cumplan los requisitos para acceder al subsidio por desempleo, podrán percibir una cotización a cargo del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) equivalente al 75% de su base reguladora, en los términos previstos en la normativa vigente.

Para acceder al subsidio, además de cumplir los requisitos generales, el trabajador deberá:

  • Haber cotizado, como mínimo, durante 12 meses ininterrumpidos en los últimos 15 años, aunque no hayan sido necesariamente consecutivos.

No obstante, en el caso de los trabajadores que, por razón de su edad, no hayan cotizado los 12 meses requeridos, la cotización a cargo del Fogasa será equivalente al 50% de su base reguladora.

El subsidio será compatible con la percepción de cualquier otra prestación por desempleo a la que el trabajador tenga derecho. No obstante, en ningún caso, la suma de todas las prestaciones que perciba, tanto del subsidio a cargo del Fogasa como de otras prestaciones, podrá superar el 75% de su base reguladora.

Para determinar la cuantía del subsidio, se tendrá en cuenta la base reguladora del trabajador en el momento de su extinción, calculada conforme a lo establecido en la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de estabilización, reforma y ajuste de las haciendas locales.

¿Cuánto es la base minima de cotización a la Seguridad Social?

La base mínima de cotización a la Seguridad Social es la cantidad mínima que un trabajador debe cotizar mensualmente. En España, el importe de la base mínima de cotización se fija anualmente por Real Decreto. Para el año 2020, el importe de la base mínima de cotización es de 837,60 euros mensuales.

La base mínima de cotización es un importe fijo que se aplica a todos los trabajadores, independientemente de su salario. Sin embargo, el importe de la base mínima de cotización puede ser mayor si el trabajador cotiza por una base superior a la mínima. Por ejemplo, si un trabajador cotiza por una base salarial de 1.000 euros mensuales, la base mínima de cotización será de 837,60 euros, pero la base de cotización será de 1.000 euros.

El importe de la base mínima de cotización es importante porque es el importe mínimo por el que se calculan las prestaciones por desempleo, incapacidad, maternidad y paternidad. Por lo tanto, cuanto mayor sea la base mínima de cotización, mayor será el importe de las prestaciones por desempleo, incapacidad, maternidad y paternidad a las que podrán acceder los trabajadores.

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