¿Cuánto tiempo hay que cotizar para cobrar la ayuda?
Para cobrar la ayuda por desempleo, primero hay que estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Si se cumple esta condición, se puede solicitar la prestación por cese de actividad cuando se cumpla alguna de las siguientes situaciones: - Se hayan agotado los subsidios por desempleo o prestaciones por cese de actividad anteriormente percibidos. - Se esté en situación de desempleo, es decir, se carezca de ocupación y se esté buscando activamente un empleo. - Se esté en situación de desempleo involuntario, es decir, se tenga un contrato de trabajo que se haya extinguido y no se pueda acceder a otro empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador, como puede ser un ERE o un cierre de empresa. Para cobrar la ayuda, además de cumplir estos requisitos, hay que tener cotizados, como mínimo, 360 días en los últimos 5 años, aunque no necesariamente consecutivos. No obstante, hay algunos casos en los que se puede acceder a la prestación con menos cotización, como son los siguientes: - Mujeres víctimas de violencia de género: 300 días en los últimos 5 años. - Personas mayores de 45 años: 300 días en los últimos 5 años. - Personas con discapacidad: 300 días en los últimos 5 años. - Personas que se encuentren en situación de desempleo de larga duración: 300 días en los últimos 5 años. En cualquier caso, para cobrar la ayuda por desempleo hay que estar dado de alta en la Seguridad Social y haber cotizado al menos un día en los últimos 4 meses.
¿Qué puedo cobrar con 6 meses cotizados?
Para empezar, hay que tener en cuenta que, en España, las prestaciones por desempleo se rigen por la Ley General de Seguridad Social. Según esta ley, para cobrar el subsidio por desempleo, es necesario cotizar un mínimo de 180 días en los últimos cinco años. No obstante, el subsidio no se cobra de inmediato, sino que hay que esperar un período de carencia de, como mínimo, tres meses.
Por tanto, si ha cotizado los 180 días mínimos, y ha esperado el período de carencia, podrá cobrar el subsidio durante un máximo de 24 meses, siempre y cuando no vuelva a encontrar trabajo.
El importe del subsidio depende de varios factores, como son el tiempo que lleve cotizando, el nivel de cotización, el número de hijos a cargo, etc. No obstante, el subsidio mínimo está establecido en 606,40 euros al mes, y el máximo en 1.012,60 euros.
Por lo tanto, si usted tiene 6 meses cotizados, podrá cobrar el subsidio durante un máximo de 24 meses, siempre y cuando no vuelva a encontrar trabajo. El importe del subsidio dependerá de varios factores, como son el tiempo que lleve cotizando, el nivel de cotización, el número de hijos a cargo, etc. No obstante, el subsidio mínimo está establecido en 606,40 euros al mes, y el máximo en 1.012,60 euros.
¿Cómo puedo saber si tengo derecho a alguna ayuda?
En España, el Estado garantiza ayudas y prestaciones a aquellas personas que se encuentren en situaciones de desempleo, invalidez, maternidad, paternidad, entre otras. Para acceder a estas ayudas, es necesario que cumplas ciertos requisitos y que te inscribas en la oficina de empleo correspondiente.
Para saber si tienes derecho a alguna de estas ayudas, lo primero que debes hacer es consultar el Catálogo de Prestaciones y Servicios Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En este documento se detalla qué prestaciones existen y cuáles son los requisitos para acceder a ellas.
También puedes consultar directamente en la oficina de empleo más cercana a tu domicilio. Allí, un técnico especializado podrá asesorarte sobre las diferentes ayudas a las que tienes derecho y cómo solicitarlas.
Por último, tienes la opción de consultar la web de la Seguridad Social. En ella encontrarás un simulador de prestaciones en el que, introduciendo tus datos personales, podrás obtener información sobre las ayudas a las que tienes derecho.
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar la ayuda de los 52 años?
Según el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, para poder cobrar la ayuda de los 52 años, es necesario haber cotizado al menos 35 años. No obstante, si la persona ha cotizado menos de 35 años, también podrá cobrar la ayuda, pero de forma proporcional. Por ejemplo, si una persona ha cotizado 30 años, podrá cobrar el 80% de la ayuda.
Para cobrar la ayuda, es necesario que la persona haya cotizado al menos 12 meses en los últimos 5 años. Además, la ayuda sólo se podrá cobrar una vez, y no se podrá acumular con otras prestaciones.
La ayuda de los 52 años se podrá cobrar a partir del 1 de enero de 2019, y se trata de una ayuda mensual de hasta 861,80 euros. Para poder acceder a ella, es necesario que la persona cumpla con los requisitos anteriormente mencionados, y que esté inscrita en el Registro de Demandantes de Empleo.
La ayuda de los 52 años se creó con el objetivo de ayudar a las personas mayores de 52 años que tengan dificultades para encontrar trabajo. Sin embargo, no todas las personas mayores de 52 años podrán acceder a ella, sino que tendrán que cumplir unos requisitos específicos.
¿Cómo pedir el subsidio por cotización insuficiente?
A partir de los 55 años, si se está jubilado o en situación de incapacidad permanente, y se cotizó por debajo de los 25 años mínimos establecidos, se puede solicitar el subsidio por cotización insuficiente. Este subsidio es una ayuda económica que se paga mensualmente y que cubre una parte de las pensiones mínimas. Para solicitarlo, hay que acudir a la oficina de la Seguridad Social más cercana.
Para poder acceder a este subsidio, hay que cumplir una serie de requisitos:
- Tener 55 años de edad, si se está jubilado, o 65 años de edad, si se está en situación de incapacidad permanente.
- Cotizar por debajo de los 25 años mínimos establecidos.
- No tener derecho a una pensión contributiva ni a una pensión no contributiva.
- Estar inscrito en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Residir en España.
Una vez cumplidos todos estos requisitos, hay que solicitar el subsidio en la oficina de la Seguridad Social más cercana. Para ello, hay que rellenar un formulario de solicitud y presentarlo junto con los documentos necesarios. Los documentos necesarios son:
- DNI, Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o Pasaporte.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado de la situación contributiva.
- Certificado de la situación de incapacidad permanente, en el caso de solicitar el subsidio por incapacidad permanente.
- Certificado de la situación de jubilación, en el caso de solicitar el subsidio por jubilación.
- Declaración responsable de no tener derecho a una pensión contributiva ni a una pensión no contributiva.
- Número de cuenta bancaria donde se recibirá el subsidio.
Una vez presentado todo, la Seguridad Social evaluará la solicitud y, si se considera que se cumplen todos los requisitos, se concederá el subsidio. El subsidio se paga mensualmente y cubre una parte de las pensiones mínimas. En 2019, el importe máximo del subsidio es de 434,60 euros.
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