¿Qué elementos se tienen que dar para que sea un accidente in itinere?
Se denomina accidente in itinere al suceso ocurrido al trabajador en el trayecto de ida o de vuelta a su domicilio, siempre y cuando este pertenezca al ámbito de la actividad empresarial, y se produzca con ocasión y como consecuencia del trabajo realizado para la empresa. Para que se pueda considerar un accidente in itinere es necesario que concurran los siguientes elementos:
– Identificación del trabajador. El accidente solo puede producirse en el período de tiempo comprendido entre la salida del domicilio y la llegada al trabajo, o desde el trabajo hasta el domicilio. Para que el accidente tenga la consideración de in itinere es necesario que la víctima sea un trabajador, es decir, que esté en posesión de un contrato de trabajo y que perciba una remuneración por su labor. No obstante, el accidente puede producirse a un trabajador por cuenta propia, siempre y cuando esté dado de alta en la Seguridad Social y cotice por su actividad.
– Trayecto Domicilio-Trabajo o viceversa. El accidente debe ocurrir en el trayecto de ida o de vuelta al trabajo. No obstante, si el accidente se produce en el trayecto de un trabajador desde su domicilio hasta el trabajo o viceversa, pero en el horario de descanso, no se considerará como in itinere. Así mismo, si el accidente se produce en el trayecto de un trabajador a su domicilio o viceversa, pero el trabajador no está de servicio en ese momento, el accidente tampoco se considerará in itinere.
– Causa del accidente. Para que el accidente sea considerado in itinere es necesario que la causa del mismo sea el trabajo realizado para la empresa. No obstante, el accidente puede producirse por una causa ajena al trabajo, siempre y cuando el trabajador se encuentre en el trayecto de ida o de vuelta al trabajo.
¿Qué elementos requiere un accidente in itinere?
Un accidente in itinere es un accidente que sucede cuando un trabajador se encuentra en el trayecto de ida o de vuelta de su lugar de trabajo. Para que un accidente sea considerado in itinere, debe cumplirse con ciertos requisitos:- Que el trabajador esté cumpliendo una orden o misión del empleador. Esto significa que si el trabajador se encuentra en el trayecto de ida o de vuelta a su domicilio y no está cumpliendo una orden o misión del empleador, el accidente no será considerado in itinere.
- Que el trayecto sea realizado en vehículos que no sean de uso particular. Si el trabajador se encuentra en el trayecto de ida o de vuelta a su domicilio en un vehículo de uso particular, el accidente no será considerado in itinere.
- Que el trayecto sea realizado con el fin de cumplir con la jornada de trabajo. Si el trabajador se encuentra en el trayecto de ida o de vuelta a su domicilio y el trayecto no tiene el fin de cumplir con la jornada de trabajo, el accidente no será considerado in itinere.
¿Cuándo se considera que un accidente es in itinere?
In itinere es un término legal que se refiere a los accidentes o enfermedades que sufren los trabajadores durante el trayecto de ida o vuelta a su lugar de trabajo. En estos casos, el trabajador puede acogerse a la Seguridad Social y recibir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, así como una prestación por incapacidad temporal si el accidente le impide seguir trabajando.
Para que un accidente sea considerado in itinere, no es necesario que el trabajador esté en el momento de inicio o finalización de su jornada laboral, sino que basta con que el accidente ocurra durante el trayecto habitual que realiza para ir o volver del trabajo. Esto significa que, incluso si el trabajador realiza un desvío en su trayecto habitual o se detiene a descansar en el camino, el accidente seguirá siendo considerado in itinere siempre y cuando no haya finalizado su jornada laboral.
Por otro lado, si el accidente ocurre durante el desempeño de las funciones del trabajador, ya no se considerará in itinere, sino accidente de trabajo. Esto es así porque el trabajador estará realizando una actividad en beneficio de su empresa y, por tanto, será considerado como si estuviera en el lugar de trabajo.
En cualquier caso, para que un accidente sea considerado in itinere o accidente de trabajo, es necesario que el trabajador esté prestando servicio a su empresa y que el accidente o enfermedad se produzca como consecuencia de su actividad laboral. Si el accidente ocurre por culpa propia o por una causa ajena al trabajo, no se podrá acoger a la Seguridad Social.
¿Qué condiciones se tienen que dar para que estemos en presencia de un accidente de trabajo?
Un accidente de trabajo es un suceso repentino que ocurre en el lugar de trabajo y que tiene como consecuencia una lesión física o mental a un trabajador. Para que podamos hablar de un accidente de trabajo, se deben dar ciertas condiciones:- Que el accidente ocurra en el lugar de trabajo.
- Que el accidente sea consecuencia directa del trabajo que se está realizando.
- Que el accidente tenga como consecuencia una lesión física o mental a un trabajador.
¿Qué elementos constituyen un accidente de trabajo?
En España, según el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se considera accidente de trabajo todo suceso repentino que se produce por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión corporal o enfermedad.
Asimismo, en el apartado 2 del artículo 118 del mismo Real Decreto Legislativo se recoge que se considerará lesión corporal toda alteración orgánica o funcional, ya sea temporal o permanente, que afecte a la integridad física del trabajador.
Por lo tanto, podemos decir que un accidente de trabajo es un suceso repentino que tiene lugar por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador una lesión corporal o enfermedad.
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