¿Quién paga la baja por Covid de un trabajador?
La baja laboral es un derecho de los trabajadores, según el artículo 45 de la Ley General de la Seguridad Social. En el caso de enfermedades que no sean profesionales, el empleador está obligado a pagar el sueldo íntegro durante los primeros tres días de baja, a partir de ahí, el trabajador cobra el 75% de su salario, siendo esta cantidad la que le abona la Seguridad Social.
No obstante, en el caso de la baja por Covid, la situación es diferente. Debido a la declaración del estado de alarma, el Gobierno ha establecido que los trabajadores que se vean obligados a hacer uso de su baja por estar contagiados por el virus o por tener que cuidar a un familiar directo enfermo, tendrán derecho a una paga íntegra por parte de la Seguridad Social.
Así, el trabajador contagiado por el virus o el que tenga que cuidar a un enfermo de Covid, percibirá el 100% de su salario, sin que el empleador tenga que hacer frente a ningún tipo de gasto. No obstante, en el caso de que el trabajador no esté dado de alta en la Seguridad Social, el empleador deberá hacer frente a todos los gastos derivados de la baja.
¿Quién paga la baja a partir del día 21?
La ley establece que si un trabajador está de baja por enfermedad común, la empresa debe seguir pagándole el salario íntegro los tres primeros días de baja. A partir del cuarto día, la Seguridad Social se hace cargo de la prestación económica, que asciende a un 60% del salario base de cotización.
No obstante, existen algunos supuestos en los que la empresa sigue teniendo la obligación de abonar el salario íntegro al trabajador en los tres primeros días de baja. Se trata de los siguientes casos:
- Si el trabajador está de baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Si el trabajador es fuerza mayor.
- Si el trabajador tiene alguna discapacidad reconocida.
- Si el trabajador es víctima de violencia de género.
En estos casos, la empresa deberá abonar el salario íntegro al trabajador durante los tres primeros días de baja, y a partir del cuarto día, la prestación económica será abonada por la Seguridad Social. No obstante, si el trabajador está de baja por enfermedad común y percibe una prestación por desempleo, la Seguridad Social abonará el 60% a partir del primer día de baja.
¿Quién paga los tres primeros días de baja por enfermedad?
En España, cuando un trabajador se encuentra enfermo y tiene que faltar al trabajo, tiene derecho a una baja por enfermedad. Según el artículo 100 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador tiene derecho a cobrar el salario íntegro durante los primeros tres días de enfermedad. A partir del cuarto día, el trabajador tiene derecho a cobrar el subsidio de enfermedad de la Seguridad Social, que equivale al 75% del salario.
Aunque el trabajador tenga derecho a cobrar el salario íntegro durante los primeros tres días de enfermedad, en la mayoría de los casos, el trabajador tiene que hacer frente a los gastos médicos de estos días. En España, el sistema de salud es público y gratuito, pero los trabajadores tienen que pagar algunos gastos médicos, como la consulta médica o los medicamentos. Si el trabajador no tiene seguro médico, tendrá que pagar estos gastos de su bolsillo.
En algunos casos, el trabajador puede cobrar los gastos médicos de los primeros tres días de enfermedad de su empresa. Según el artículo 44.2 del Estatuto de los Trabajadores, si el trabajador tiene contrato a tiempo completo y ha estado trabajando para la empresa durante más de 12 meses, la empresa tiene que reembolsarle los gastos médicos de estos días. Si el trabajador tiene contrato a tiempo parcial o ha estado trabajando para la empresa durante menos de 12 meses, la empresa no tiene obligación de reembolsarle los gastos médicos, pero puede hacerlo si así lo establece el contrato de trabajo.
¿Cuánto te quita la empresa por estar de baja?
Por lo general, el salario que recibes cuando estás de baja laboral es el 60% de tu salario base, aunque esto puede variar en función de la empresa y el tipo de baja. Sin embargo, hay un límite máximo a lo que puedes cobrar, que es el equivalente a 4 veces el salario mínimo interprofesional (964,40 euros brutos al mes en 2020).
Por tanto, si tu salario base es de 1.000 euros al mes, el salario que recibirás durante la baja será de 600 euros. Si tu salario base es de 2.000 euros, el salario que recibirás será de 1.200 euros. Y si tu salario base es de 3.000 euros o más, el salario que recibirás será de 1.928,80 euros, que es el límite máximo.
En el caso de las mujeres embarazadas, el porcentaje a cobrar es del 100% del salario base durante los últimos 3 meses de embarazo y los primeros 6 meses después del parto. Asimismo, las madres que decidan quedarse en casa para cuidar de sus hijos, tienen derecho a cobrar el 100% del salario base durante un máximo de 12 meses.
En cuanto a los trabajadores por cuenta propia, el importe a cobrar en caso de baja por enfermedad o maternidad es el 60% de la base reguladora, que se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos 12 meses. El importe máximo a cobrar es de 4 veces el salario mínimo interprofesional (964,40 euros brutos al mes en 2020).
¿Cuánto te quitan los 3 primeros días de baja?
Los primeros tres días de baja no se descuentan de tu sueldo, aunque si que se contabilizan a efectos de antigüedad. A partir del cuarto día, el empleador podrá descontarte el salario íntegro de los días de baja, aunque existen determinadas excepciones.
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