¿Quién tiene derecho a cobrar trienios?
Los trienios son un complemento salarial que se otorga a los funcionarios y trabajadores públicos de base de acuerdo con el artículo 97 del Estatuto Básico del Empleado Público. En concreto, se trata de una paga extraordinaria que se abona tres veces al año y que está vinculada al rendimiento del trabajador. Dicho de otra forma, el trienio se considera como un premio al mérito y se otorga a aquellos trabajadores que hayan obtenido una calificación positiva en su valoración anual. No obstante, no todos los funcionarios tienen derecho a cobrar trienios, sino que hay unas condiciones específicas que se deben cumplir para poder acceder a este complemento salarial. A continuación, te detallamos cuáles son estas condiciones:
- Estar en activo y en situación de alta en la Seguridad Social
- No tener ningún tipo de sanción que impida el cobro de trienios
- Haber cubrido el periodo mínimo de servicio requerido, que suele ser de un año en la administración general del Estado, aunque puede variar en función de la administración a la que pertenezcas
- No haber obtenido una calificación negativa en la valoración anual
En el caso de los funcionarios de carrera, el derecho a cobrar trienios se adquiere automáticamente una vez que se cumple el periodo mínimo de servicio. No obstante, los funcionarios interinos deberán solicitar el pago de trienios de forma individual y por escrito a su administración. Si la solicitud es denegada, el funcionario podrá recurrir ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
¿Quién puede cobrar trienios?
Los trienios son una suma de dinero adicional que se paga a los funcionarios públicos de determinados cuerpos y escalas. Se trata de una gratificación que está prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) y que se abona en tres cuotas anuales. Es una cantidad que se paga además del sueldo base y de los complementos salariales que pueda percibir el funcionario.
Para cobrar los trienios, el funcionario debe estar en activo y haber prestado servicios durante al menos tres años en la Administración Pública. No obstante, hay algunos cuerpos y escalas en los que se pueden cobrar aunque no se hayan cumplido los tres años de servicio, siempre y cuando el funcionario haya sido promocionado o haya cambiado de cuerpo o escala.
Los trienios no son un derecho adquirido, sino que son una gratificación que se otorga a los funcionarios en función de su desempeño. Por ello, la concesión de los trienios está sujeta a una evaluación positiva del rendimiento del funcionario.
En el caso de los funcionarios interinos, sólo podrán cobrar los trienios si se convierten en funcionarios de carrera. No obstante, hay algunas excepciones en las que los interinos también pueden percibir los trienios, como por ejemplo, si el funcionario está en posesión de un título habilitante para el ejercicio de la función pública.
Por último, hay que tener en cuenta que los trienios no son una cantidad fija, sino que su cuantía varía en función de la categoría profesional, el escalafón y el índice retributivo del funcionario. No obstante, la cantidad máxima que se puede cobrar en concepto de trienios es de 1.200 euros anuales.
¿Cuándo se aplican los trienios?
Los trienios se aplican a los servidores públicos de carrera y de confianza que hayan prestado servicios efectivos, continuos y sin interrupción durante tres años a partir de la fecha de ingreso al servicio público, y que no hayan sido separados mediante sanción disciplinaria.
El servidor público de carrera que haya prestado servicios efectivos, continuos y sin interrupción durante tres años, tendrá derecho a percibir una bonificación salarial del cincuenta por ciento (50%) sobre la totalidad de su sueldo base.
Los servidores públicos de confianza que hayan prestado servicios efectivos, continuos y sin interrupción durante tres años, tendrán derecho a percibir una bonificación salarial del treinta por ciento (30%) sobre la totalidad de su sueldo base.
La bonificación por trienio se otorgará al servidor público una sola vez y se hará efectiva en la nómina correspondiente al mes siguiente de cumplido el trienio.
La percepción de la bonificación del trienio no será causal de aumento de nivel salarial.
¿Cuándo se empieza a cobrar el plus de antigüedad?
Los trabajadores a tiempo completo y parcial tienen derecho a cobrar un plus de antigüedad al año siguiente de haber ingresado a la empresa. En el caso de los trabajadores a tiempo completo, este plus representa el 1% de su salario base anual; en el caso de los trabajadores a tiempo parcial, el plus representa el 1,5% de su salario base anual.
Para los trabajadores que ingresan a la empresa con un contrato de trabajo a término fijo, el plus de antigüedad se cobra a partir del segundo año de trabajo.
En el caso de los trabajadores con un contrato de trabajo por obra o labor determinada, el plus de antigüedad se cobra a partir del momento en que se cumpla el año de trabajo.
Los trabajadores que ingresan a la empresa con un contrato de aprendizaje tienen derecho a cobrar el plus de antigüedad a partir del segundo año de contrato.
Para los trabajadores que ingresan a la empresa con un contrato de trabajo temporal, el plus de antigüedad se cobra a partir del momento en que se cumpla el año de trabajo.
Los trabajadores que ingresan a la empresa con un contrato de trabajo intermitente tienen derecho a cobrar el plus de antigüedad a partir del segundo año de contrato.
¿Cuándo se cobran los trienios en una empresa?
Los trienios se pagan en función de los años de servicio de cada trabajador en la empresa. En la mayoría de los casos, se cobran en el mes de octubre de cada año. No obstante, algunas empresas pueden establecer otras fechas de pago. Por ejemplo, en algunas empresas se pagan en julio o en diciembre. En cualquier caso, la fecha de pago de los trienios debe estar estipulada en el contrato de trabajo.
En el supuesto de que el trabajador cambie de empresa, los años de servicio seguirán teniendo en cuenta para el pago de los trienios. Por ejemplo, si un trabajador lleva cuatro años en una empresa y cambia a otra, en la nueva empresa cobrará los trienios de los cuatro años anteriores. No obstante, en el caso de que el trabajador cambie de categoría profesional, los años de servicio en la nueva categoría no se tendrán en cuenta para el pago de los trienios.
Para cobrar los trienios, el trabajador debe solicitarlo a la empresa. En la mayoría de los casos, se cobran en forma de bonificación en la nómina del mes de octubre. No obstante, algunas empresas pueden establecer otras formas de pago. Por ejemplo, en algunas empresas se pagan en efectivo o en cheques.
¿Buscas trabajo?
¿Quieres encontrar trabajo?
¿Quieres encontrar trabajo?