¿Cómo saber en qué estado está mi expediente de FOGASA?
Para saber en qué estado se encuentra tu expediente de FOGASA, puedes llamar al teléfono XXX XXX XXX. Se trata del Servicio de Información y Atención al Ciudadano, donde un operador podrá informarte de todo lo relativo a tu solicitud. Además, también puedes consultar el estado de tu expediente a través de la página web de FOGASA.
Para ello, debes identificarte con tu certificado digital o con tu Cl@ve PIN. Una vez hayas accedido con tu usuario, podrás ver el estado de tu expediente en la sección de "Consulta de estado de tramitación".
En esta misma sección también podrás consultar otros datos de tu expediente, como la fecha de admisión de tu solicitud, el número de expediente o el importe de la prestación a la que tienes derecho.
¿Cuánto tiempo se tarda en cobrar de FOGASA?
¿Cuánto tarda FOGASA en cobrar?
La prestación por desempleo se paga desde el primer día de desempleo, una vez que se presenta la solicitud y, si procede, se abona hasta el último día del mes en curso. No obstante, el pago de la prestación puede verse afectado en los siguientes casos:
- Si el demandante de empleo no cumple con las obligaciones establecidas en la Ley, tales como la de inscribirse como demandante de empleo, comunicar cualquier cambio de situación, aceptar una oferta de trabajo adecuada, etc.
- Si el trabajador no cumple con las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo, tales como la de prestar el trabajo, cumplir con las obligaciones de lealtad, buena fe y diligencia establecidas en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores, etc.
- Si el trabajador no cumple con las obligaciones establecidas en la Ley, tales como la de comunicar cualquier cambio de situación, aceptar una oferta de trabajo adecuada, etc.
Para más información, puedes consultar el BOE.
¿Cómo puedo ponerme en contacto con FOGASA?
Para ponerte en contacto con FOGASA, puedes llamar gratuitamente al teléfono XXX XXX XXX de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas, o acudir a tu oficina de FOGASA más cercana.
La dirección postal de FOGASA es:
Fondo de Garantía Salarial
Avenida de Bruselas, 4
28037 Madrid
Para enviar un fax, el número es el XXX XXX XXX.
También puedes ponerte en contacto con FOGASA a través de su formulario de contacto en línea en su página web.
¿Cuál es la web de FOGASA?
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es una institución pública española que se encarga de proteger a los trabajadores en caso de que su empresa no pueda hacer frente a los pagos de salarios. El FOGASA está adscrito al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
FOGASA ofrece garantías a los trabajadores en caso de que su empresa no pueda pagarles el salario. La garantía cubre el 100% del salario bruto, hasta un máximo de 4.000 euros mensuales. También cubre los salarios de los trabajadores que hayan sido despedidos improcedentemente.
Para acceder a la garantía de FOGASA, los trabajadores deben solicitarla a través de la web www.fogasa.empleo.gob.es. En la web, también se pueden consultar las bases legales y las FAQs.
¿Cuánto paga el FOGASA si la empresa es insolvente?
La Ley de Garantía Salarial (LGS) establece que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) abonará a los trabajadores las cantidades adeudadas por los empresarios en los supuestos de impago salarial y cese de actividad de la empresa, cuando éstos no sean reembolsados mediante la intervención del Fondo de Garantía Salarial de Seguridad Social (FGSSS).
¿Cuánto paga el FOGASA?
El FOGASA paga el 80% de las cantidades adeudadas por el empresario, hasta un máximo de 1.000 euros mensuales por trabajador. No obstante, si el trabajador percibe un salario inferior a 1.000 euros mensuales, el FOGASA abonará el 100% de las cantidades adeudadas, sin límite de importe.
En el supuesto de cese de actividad de la empresa, el FOGASA abonará las cantidades adeudadas por el empresario hasta un máximo de 12 mensualidades, en los términos previstos en la LGS.
Para tener derecho al pago por parte del FOGASA, el trabajador deberá presentar la correspondiente solicitud en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al vencimiento del salario o, en el supuesto de cese de actividad, desde el día siguiente al cese. No obstante, en el supuesto de impago de salarios, el trabajador podrá acudir directamente a la vía judicial para reclamar las cantidades adeudadas, sin necesidad de esperar a que transcurra el plazo de tres meses.
¿Qué sucede si la empresa es insolvente?
En el supuesto de que la empresa sea insolvente, el trabajador podrá acudir directamente al FOGASA para que le abone las cantidades adeudadas. No obstante, si el trabajador opta por esta vía, deberá renunciar a la acción judicial que pudiera corresponderle contra la empresa. En el supuesto de que el trabajador no renuncie a la acción judicial, el FOGASA no abonará las cantidades adeudadas hasta que la sentencia haya sido ejecutada.
¿Qué cantidades no están cubiertas por el FOGASA?
El FOGASA no cubre las cantidades adeudadas por el empresario en los supuestos de despido improcedente, despido nulo o despido objetivo. No obstante, el trabajador podrá acudir directamente a la vía judicial para reclamar estas cantidades, sin necesidad de esperar a que transcurra el plazo de tres meses.
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