¿Cómo se formaliza el contrato en prácticas?
En la mayoría de los casos, el contrato en prácticas se formaliza mediante la firma de un convenio de colaboración entre la empresa y el estudiante. Este documento deberá estar visado por la universidad o centro de formación correspondiente.
El convenio de colaboración es un documento privado que se establece entre las dos partes, en el que se recogen las principales obligaciones y derechos de cada una. En él se especifica, entre otros aspectos, la duración de la práctica, las tareas a realizar, el horario y la remuneración (en caso de que proceda).
En cuanto a la duración de las prácticas, éstas no podrán superar los 12 meses en el caso de estudiantes de grados y los 6 meses en el caso de estudiantes de másteres oficiales. No obstante, en algunos casos especiales se pueden ampliar estos períodos.
Por otro lado, en el convenio de colaboración también se especificarán las tareas a realizar por el estudiante. En este sentido, es importante que las tareas asignadas estén relacionadas con la formación que esté recibiendo el estudiante, de modo que éste pueda adquirir las competencias necesarias para el desempeño de su futura profesión.
Asimismo, en el convenio de colaboración se especificará el horario de trabajo. En general, el horario de las prácticas se ajustará al horario lectivo del estudiante, de modo que éste pueda compatibilizar sus estudios con su actividad laboral. No obstante, en algunos casos especiales el horario de las prácticas puede ser diferente.
Por último, en el convenio de colaboración también se especificará la remuneración que percibirá el estudiante por su trabajo. En la actualidad, la remuneración mínima para los estudiantes de prácticas es de 700 euros brutos al mes. No obstante, en algunos casos especiales la remuneración puede ser diferente.
¿Qué se necesita para hacer un contrato de prácticas?
Para hacer un contrato de prácticas, se necesita:
El representante de la empresa debe tener la capacidad y la autoridad para hacer el contrato en nombre de la empresa. El estudiante debe estar dispuesto a aceptar los términos y condiciones del contrato. El acuerdo debe ser válido y completo, y debe cubrir todos los aspectos relevantes de la práctica, como la duración, el horario, el lugar, el pago y las tareas.
¿Cómo es un contrato en prácticas?
Un contrato de prácticas es un contrato de trabajo temporal que tiene como objetivo principal facilitar la inserción en el mercado laboral de los estudiantes que hayan terminado sus estudios de formación profesional, así como de los titulados universitarios.
El contrato en prácticas se realiza con el fin de complementar la formación recibida, tanto teórica como práctica, y está dirigido a estudiantes que estén realizando sus estudios de Formación Profesional de Grado Medio o Superior, titulados universitarios o estudiantes de último curso de carreras técnicas o ingenierías.
En la actualidad, muchas empresas ofrecen contratos en prácticas a estudiantes de diversos perfiles. No obstante, es importante que sepas que no todos los contratos de prácticas tienen el mismo objetivo ni las mismas características.
¿Cuándo se puede firmar un contrato en prácticas?
En España, la Ley de Contratos de Prácticas establece que las prácticas no remuneradas sólo pueden realizarse dentro del marco de un contrato de prácticas. Este contrato tiene que ser escrito y debe estar registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). No obstante, el contrato de prácticas no es obligatorio en todos los casos. En concreto, no será necesario cuando las prácticas:
- Formen parte de un curso de formación reconocido oficialmente, siempre que el estudiante esté matriculado en dicho curso y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del mismo.
- Formen parte de un programa de iniciación a la actividad profesional subvencionado por las administraciones públicas, siempre que las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del programa.
- Formen parte de un programa de educación para el empleo reconocido oficialmente, siempre que el estudiante esté matriculado en dicho programa y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del mismo.
- Formen parte de un plan de formación contemplado en un contrato de trabajo, siempre que el estudiante esté contratado por la empresa y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del plan de formación.
- Sean realizadas por estudiantes universitarios o de formación profesional de grado medio o superior en el ámbito de sus estudios, siempre que las prácticas no supongan más del 25% de la duración total de los estudios.
En cualquier caso, el estudiante debe percibir una retribución por su trabajo, aunque ésta puede ser simbólica. No obstante, la retribución no será obligatoria en los casos en los que las prácticas se realicen en el marco de:
- Un curso de formación reconocido oficialmente, siempre que el estudiante esté matriculado en dicho curso y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del mismo.
- Un programa de iniciación a la actividad profesional subvencionado por las administraciones públicas, siempre que las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del programa.
- Un programa de educación para el empleo reconocido oficialmente, siempre que el estudiante esté matriculado en dicho programa y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del mismo.
Por último, cabe destacar que las prácticas no remuneradas sólo podrán realizarse en el marco de un contrato de prácticas. Este contrato tiene que ser escrito y debe estar registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). No obstante, el contrato de prácticas no es obligatorio en todos los casos. En concreto, no será necesario cuando las prácticas:
- Formen parte de un curso de formación reconocido oficialmente, siempre que el estudiante esté matriculado en dicho curso y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del mismo.
- Formen parte de un programa de iniciación a la actividad profesional subvencionado por las administraciones públicas, siempre que las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del programa.
- Formen parte de un programa de educación para el empleo reconocido oficialmente, siempre que el estudiante esté matriculado en dicho programa y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del mismo.
- Formen parte de un plan de formación contemplado en un contrato de trabajo, siempre que el estudiante esté contratado por la empresa y las prácticas no supongan más del 25% de la duración total del plan de formación.
- Sean realizadas por estudiantes universitarios o de formación profesional de grado medio o superior en el ámbito de sus estudios, siempre que las prácticas no supongan más del 25% de la duración total de los estudios.
¿Dónde se regula el contrato de prácticas?
El contrato de prácticas se regula en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley de Contratos de Trabajo . En el Estatuto de los Trabajadores se regulan los derechos y obligaciones de los trabajadores en relación con el empleador y se establece el contrato de trabajo como el contrato por el que una persona se obliga a prestar un servicio a otra a cambio de una retribución. La Ley de Contratos de Trabajo, por su parte, contiene una regulación más específica del contrato de trabajo y de sus modalidades, como el contrato de trabajo a tiempo parcial o el contrato de interinidad.
El contrato de prácticas se define en el artículo 12.4 del Estatuto de los Trabajadores como el contrato por el que una persona se obliga a prestar un servicio a otra persona o entidad, con la finalidad de adquirir la capacitación necesaria para el ejercicio de una actividad. Se trata, por tanto, de un contrato de formación en el que el trabajador adquiere los conocimientos y las habilidades necesarios para el ejercicio de su profesión o actividad. El contrato de prácticas tiene una duración determinada y se celebra por escrito.
La duración del contrato de prácticas no puede exceder de seis meses, aunque se puede prorrogar por otros seis meses en determinadas circunstancias. En el caso de los contratos de prácticas de menores de 18 años, la duración máxima es de tres meses, aunque también se puede prorrogar por otros tres meses. El contrato de prácticas tiene una duración determinada, lo que significa que no puede convertirse en un contrato de trabajo indefinido. No obstante, el contrato de prácticas puede ser la puerta de entrada a un contrato de trabajo. De hecho, el contrato de prácticas se celebra con frecuencia entre estudiantes y empresas, ya que el estudiante puede obtener un contrato de trabajo al finalizar sus estudios.
El contrato de prácticas debe celebrarse por escrito y debe contener la identificación de las partes, la descripción de las tareas a realizar y la duración del contrato. El contrato de prácticas también debe especificar el horario de trabajo, la retribución y la formación que se va a recibir. En el caso de los contratos de prácticas de menores de 18 años, el contrato debe ser autorizado por el representante legal del menor.
El contrato de prácticas tiene efectos desde el momento en que se celebra. No obstante, en algunos casos, el contrato de prácticas puede tener efectos retroactivos. Por ejemplo, si el contrato de prácticas se celebra entre un estudiante y una empresa, y el estudiante ha estado realizando las mismas tareas durante el curso académico, el contrato de prácticas puede tener efectos retroactivos desde el inicio del curso académico. En este caso, el estudiante tendrá derecho a percibir la retribución desde el inicio del curso académico.
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