¿Cuándo se publica en el BOE el convenio del metal?
El convenio del metal se publica en el BOE (Boletín Oficial del Estado) para hacerlo oficial y poder ser aplicado. Este paso es importante para que los trabajadores y las empresas conozcan los derechos y obligaciones que tienen en relación al trabajo en el sector del metal. El convenio tiene una vigencia de cuatro años y se renueva automáticamente si no se denuncia por escrito con al menos seis meses de antelación.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo convenio del metal?
El nuevo convenio del metal entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2020. Este nuevo convenio tiene como objetivo mejorar las condiciones laborales y salariales de los trabajadores del sector metalúrgico. Asimismo, también se pretende fomentar la formación y el empleo en el sector.
El convenio establece un aumento salarial del 2% para los trabajadores del sector, así como una serie de mejoras en las condiciones laborales. También se establece un plan de formación para los trabajadores, con el objetivo de mejorar sus competencias y habilidades. El nuevo convenio será vigente por un periodo de tres años, y será renovable por otro periodo de tres años más.
¿Cuánto tarda en publicarse en el BOE un convenio?
Los acuerdos de los convenios colectivos deben ser notificados a la autoridad laboral competente para su inscripción, para que surtan efectos respecto de las partes y de los trabajadores a los que se refiera el acuerdo. La notificación de los acuerdos se realizará mediante comunicación dirigida al director general de Trabajo, acompañada de la documentación acreditativa del acuerdo.
Una vez notificado el acuerdo, el director general de Trabajo, previa verificación de su regularidad formal, lo hará público en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con indicación de la fecha de entrada en vigor del convenio, que no podrá ser inferior a diez días desde la fecha de su publicación.
La inscripción de los acuerdos en el Registro de Convenios y Acuerdos Collectivos de Trabajo, así como su publicación en el BOE, son actos puramente administrativos, que no requieren la celebración de audiencia previa con las partes. No obstante, el director general de Trabajo podrá requerir a las partes, en cualquier momento, que aporten la documentación complementaria que considere necesaria para la debida tramitación de los expedientes.
¿Cuánto cobra un trabajdor de primera en el convenio del metal 2023?
El acuerdo, suscrito por AECIM, CC.OO. y UGT, alcanza a 182.000 trabajadores, entre los que se encuentran fabricantes e instaladores del sector de la climatización (Anexo 1). Con respecto al presente ejercicio, la subida salarial total para 2023, incluyendo la actualización del IPC, es del 4,14 %.
Para aquellos trabajadores y aquellas personas trabajadoras que vinieran percibiendo su salario con carácter diario, podrá mantenerse ese sistema de pago, estableciendo su cálculo mediante la división del salario anual entre 425 días.
Dependiendo del grupo al que pertenezcan cobraran lo siguiente:
Grupo 1, licenciado grado: Su salario convenio anual sera de 30.849,47€. El salario mensual será de 2.203,53€. El valor quinquenio de 37,26€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 986,07€.
Grupo 2, técnico: Su salario convenio anual sera de 25.888,20€. El salario mensual será de 2.203,53€. El valor quinquenio de 33,90€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 873,85€.
Grupo 3, técnico auxiliar: Su salario convenio anual sera de 23.341,64€. El salario mensual será de 1.667,26€. El valor quinquenio de 31,21€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 769,827€.
Grupo 4, empelado: Su salario convenio anual sera de 20.866,87€. El salario mensual será de 1.490,49€. El valor quinquenio de 29,10€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 733,53€.
Grupo 5, operario: Su salario convenio anual sera de 19.413,32€. El salario mensual será de 1.372,16€. El valor quinquenio de 27,20€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 681,63€.
Grupo 6, empleado auxiliar: Su salario convenio anual sera de 19.210,22€. El salario mensual será de 1.372,16€. El valor quinquenio de 27,20€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 681,63€.
Grupo 7, operario auxiliar: Su salario convenio anual sera de 10.038,90€. El salario mensual será de 1.288,49€. El valor quinquenio de 26,88€ y las bases de grupos para el cálculo de complementos salvo nocturnidad 22,04€.
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