¿Cuánto cobro de baja por mutua?
En España, las empresas están obligadas a contratar una mutua o seguro de accidentes de trabajo para sus empleados. En el caso de que un trabajador sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la mutua se encargará de cubrir los gastos médicos y, en algunos casos, también el salario perdido.
Para cobrar la baja por mutua, el trabajador debe presentar un certificado médico en el que se especifique el tiempo de incapacidad temporal. En función del tiempo de baja, el trabajador podrá cobrar una prestación por incapacidad temporal (PIT) o una prestación por desempleo (PED).
La PIT es una prestación por incapacidad temporal que se cobra cuando el trabajador está de baja médica por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. La cuantía de la prestación depende del salario base del trabajador y se calcula de la siguiente manera:
- Para los trabajadores con un salario base inferior a 1.600 euros, la prestación será del 80% del salario base.
- Para los trabajadores con un salario base entre 1.600 y 2.000 euros, la prestación será del 70% del salario base.
- Para los trabajadores con un salario base superior a 2.000 euros, la prestación será del 60% del salario base.
La PED es una prestación por desempleo que se cobra cuando el trabajador está de baja médica por un accidente de trabajo o enfermedad profesional y ha agotado su subsidio por desempleo. Para cobrar la prestación, el trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo y cumplir los siguientes requisitos:
- Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 5 años.
- No estar cobrando ya una prestación por desempleo o incapacidad temporal.
- No estar cobrando una pensión de jubilación o invalidez.
La cuantía de la prestación por desempleo es del 60% del salario base, hasta un máximo de 1.200 euros. La prestación se cobra por un máximo de 9 meses.
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