¿Qué pasa con la incapacidad permanente cuando llega la jubilación?

¿Qué pasa con la incapacidad permanente cuando llega la jubilación?

En España, cuando una persona se jubila, deja de tener derecho a cobrar la pensión de incapacidad permanente. No obstante, es posible que se le conceda una pensión complementaria por invalidez, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos por la ley. Esta pensión complementaria se calcula en base al porcentaje de invalidez y al importe de la pensión de jubilación. No obstante, hay que tener en cuenta que el importe de esta pensión complementaria no puede superar el salario mínimo interprofesional (SMI).

Para poder acceder a esta pensión complementaria, es necesario que la persona haya estado cotizando durante un mínimo de 10 años y que su porcentaje de invalidez sea igual o superior al 33%. No obstante, si el porcentaje de invalidez es inferior al 33%, la persona podrá acceder a esta pensión complementaria si cumple los requisitos establecidos en la Ley de Dependencia. En este caso, será necesario que la persona haya estado cotizando durante un mínimo de 5 años y que su porcentaje de invalidez sea igual o superior al 65%.

Por otro lado, es importante tener en cuenta que la pensión complementaria por invalidez no se puede acumular con otras prestaciones por invalidez, como la pensión de invalidez contributiva o la pensión de invalidez no contributiva. No obstante, sí se puede acumular con la pensión de jubilación y con la pensión de viudedad.

¿Cómo se pasa de la incapacidad permanente total a la jubilación?

La incapacidad permanente total (IPT) es una situación en la que una persona se ve imposibilitada para realizar su actividad profesional de forma habitual, debido a una enfermedad o a un accidente. Esta persona se encuentra en una situación de dependencia, lo que significa que necesita la ayuda de otras personas para llevar a cabo las tareas más básicas de la vida diaria. Si la persona en cuestión cumple los requisitos establecidos por la ley, tiene derecho a acceder a la jubilación.

Para poder acceder a la jubilación, la persona debe solicitarlo a la entidad administrativa competente, que en España es la Seguridad Social. Se debe adjuntar a la solicitud la documentación necesaria que acredite la situación de dependencia en la que se encuentra la persona. Una vez que se ha tramitado toda la documentación, se procederá a evaluar el grado de dependencia de la persona y se le asignará una pensión en función de dicho grado.

La pensión se otorga de forma mensual y es una prestación económica que tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos derivada de la incapacidad para trabajar. En España, la pensión mínima establecida por ley para las personas en situación de dependencia es de 614,84 euros mensuales. No obstante, este importe puede variar en función de diversos factores, como el grado de dependencia, el número de personas a cargo o si la persona percibe otras prestaciones por otros conceptos.

¿Cuándo se deja de cobrar la incapacidad permanente total?

La incapacidad permanente total es una prestación a la que tienen derecho aquellas personas que, como consecuencia de una enfermedad o un accidente, se hayan visto incapacitadas para realizar cualquier actividad laboral. No obstante, esta prestación no es indefinida, sino que tiene una duración determinada.

En concreto, el período de cobro de la incapacidad permanente total finaliza cuando el beneficiario cumple 65 años de edad. A partir de ese momento, el beneficiario tendrá derecho a percibir la pensión de jubilación que le corresponda.

No obstante, en algunos casos excepcionales, la prestación por incapacidad permanente total puede prorrogarse hasta los 70 años de edad. Para ello, será necesario que el beneficiario acredite que, a pesar de haber superado los 65 años, su estado de salud no le permite reincorporarse al mercado laboral.

Por lo tanto, en resumen, podemos decir que la prestación por incapacidad permanente total finaliza cuando el beneficiario cumple 65 años de edad, salvo en aquellos casos en los que se acredite que el beneficiario no puede reincorporarse al mercado laboral.

¿Cuánto cobra un jubilado por incapacidad permanente?

Según el Reglamento de Prestaciones económicas del Régimen General de la Seguridad Social, los jubilados por incapacidad permanente tienen derecho a percibir una pensión mensual que asciende a un 60% de la base reguladora. No obstante, si el jubilado percibe otra prestación por desempleo o por invalidez, la pensión se reducirá en un 2% por cada mes que dure dicha percepción, hasta un máximo del 50%.

Para calcular la cuantía de la pensión, se tiene en cuenta la base reguladora del jubilado. La base reguladora es el salario medio de cotización percibido por el trabajador en los últimos 12 meses anteriores a la fecha de declaración de incapacidad permanente, o en los últimos 180 días si la base de cotización es inferior a 12 meses. Asimismo, se tiene en cuenta el número de años de cotización del trabajador.

Por tanto, para calcular la pensión mensual a percibir por un jubilado por incapacidad permanente, se debe multiplicar la base reguladora por el porcentaje establecido (60%), y dividir el resultado entre 12. No obstante, si el jubilado percibe otra prestación por desempleo o por invalidez, la pensión se reducirá en un 2% por cada mes que dure dicha percepción, hasta un máximo del 50%.

¿Qué es jubilación por incapacidad permanente?

La jubilación por incapacidad permanente es una prestación mensual a la que pueden tener derecho las personas que se hayan visto obligadas a dejar su actividad laboral debido a una enfermedad o discapacidad. En España, el importe de esta prestación se calcula en base a la base reguladora del beneficiario, es decir, el promedio de los salarios percibidos en los últimos años de trabajo.

Para poder acceder a esta prestación, es necesario que el interesado cumpla ciertos requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:

  • Contar con una edad mínima de 65 años.
  • Haber cotizado durante un mínimo de 25 años.
  • Estar en posesión de un certificado médico que acredite la incapacidad permanente para el trabajo.

En el caso de las personas que no cumplan con los requisitos anteriores, la prestación por incapacidad permanente se calcula de manera diferente. En concreto, el importe de esta prestación se fija en función de los años de cotización, de tal forma que cuanto más años se hayan cotizado, mayor será el importe de la prestación.

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