¿Qué pasa si no tengo suficientes años cotizados?
Si no has cotizado los años mínimos requeridos para obtener una pensión, no podrás acceder a los beneficios de la Seguridad Social. Esto significa que no recibirás una pensión mensual por jubilación, invalidez o sobrevivencia.
En España, la edad mínima para jubilarse es de 65 años. A partir de esa edad, los trabajadores pueden solicitar la jubilación voluntaria y recibir una pensión mensual a cargo de la Seguridad Social.
Para acceder a la jubilación, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años. Si no se cumplen esos requisitos, no se podrá cobrar la pensión. No obstante, existen algunas excepciones en las que se puede acceder a la jubilación con menos de 15 años cotizados.
Por ejemplo, si se cumple alguno de los siguientes requisitos:
- Tener 60 años de edad y haber cotizado al menos 9 años.
- Tener 62 años de edad y haber cotizado al menos 8 años.
- Tener 64 años de edad y haber cotizado al menos 7 años.
Otras situaciones en las que se puede acceder a la jubilación con menos de 15 años cotizados son las siguientes:
- Trabajadores autónomos que hayan cotizado al menos 25 años.
- Trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado al menos 20 años.
- Trabajadores en situación de desempleo que hayan cotizado al menos 12 años.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la edad mínima para jubilarse es de 67 años. No obstante, existen algunas excepciones que permiten acceder a la jubilación con menos de 67 años.
- Trabajadores que hayan cotizado al menos 35 años.
- Trabajadores que hayan cotizado al menos 30 años y tengan una discapacidad igual o superior al 33%.
- Trabajadores que hayan cotizado al menos 29 años y sean madres o padres solteros con hijos menores de 18 años.
Por último, la edad mínima para acceder a la pensión de invalidez es de 60 años. No obstante, existen algunas excepciones en las que se puede acceder a la pensión con menos de 60 años.
- Trabajadores que hayan cotizado al menos 35 años.
- Trabajadores que hayan cotizado al menos 30 años y tengan una discapacidad igual o superior al 33%.
- Trabajadores que hayan cotizado al menos 29 años y sean madres o padres solteros con hijos menores de 18 años.
¿Qué pasa si solo he cotizado 8 años?
Si solo has cotizado 8 años, podrás obtener tu pensión de jubilación a los 65 años de edad. No obstante, la cantidad que recibirás será proporcional a los años cotizados. Por ejemplo, si has cotizado el 50% de los años requeridos, recibirás el 50% de la pensión máxima. Si has cotizado menos del 50% de los años requeridos, no tendrás derecho a recibir ninguna pensión de jubilación.
Para calcular tu pensión de jubilación, la Seguridad Social considera la base reguladora, que es el conjunto de cotizaciones que has realizado durante los últimos años. La base reguladora máxima es de 25.000 euros por año. Si has cotizado el 100% de los años requeridos, recibirás el 100% de la pensión máxima, que es de 1.000 euros al mes. Si has cotizado menos del 100% de los años requeridos, recibirás una pensión proporcional.
Para calcular tu pensión de jubilación, la Seguridad Social considera la base reguladora, que es el conjunto de cotizaciones que has realizado durante los últimos años. La base reguladora máxima es de 25.000 euros por año. Si has cotizado el 100% de los años requeridos, recibirás el 100% de la pensión máxima, que es de 1.000 euros al mes. Si has cotizado menos del 100% de los años requeridos, recibirás una pensión proporcional.
¿Qué pasa si tengo menos de 15 años cotizados?
Si tienes menos de 15 años cotizados, no podrás acceder a la pensión de jubilación. Sin embargo, podrás obtener la pensión por invalidez si tu situación de invalidez es permanente y no puedes realizar ningún tipo de actividad laboral. También podrás acceder a la pensión por viudedad si eres viudo/a de una persona que cotizaba a la Seguridad Social.
En el caso de que fallezcas, tus familiares podrán obtener una prestación por funeral si cotizabas a la Seguridad Social. También podrán acceder a una prestación por maternidad o paternidad, en el caso de que seas padre/madre de un hijo menor de edad o tengas a tu cargo una persona con discapacidad o una persona mayor de 65 años.
¿Qué pasa si no tengo todas las semanas cotizadas?
Al momento de jubilarse, el INSS (Instituto Nacional de Seguros Sociales) calcula la pensión de jubilación en base al número de semanas cotizadas. Si al momento de jubilarse un trabajador no tiene el número mínimo de semanas cotizadas, el INSS no le pagará la pensión de jubilación. No obstante, el trabajador tendrá derecho a una pensión de vejez parcial, que será calculada en base al número de semanas cotizadas.
Para tener derecho a una pensión de jubilación completa, el trabajador debe haber cotizado al INSS durante un mínimo de 1,250 semanas, que equivale a 24 años. Si el trabajador no ha cotizado el tiempo mínimo requerido, tendrá derecho a una pensión de jubilación parcial, que será calculada en base al número de semanas cotizadas.
Para tener derecho a una pensión de vejez parcial, el trabajador debe haber cotizado al INSS durante un mínimo de 750 semanas, que equivale a 14 años. Si el trabajador no ha cotizado el tiempo mínimo requerido, no tendrá derecho a ninguna pensión de jubilación.
¿Qué pasa si solo tengo 20 años cotizados?
Estar cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social es un requisito indispensable para poder acceder a la pensión de jubilación. Sin embargo, en algunos casos es posible que la persona no cumpla con el número de años mínimos exigidos para poder jubilarse, pero aún así, pueda acceder a una pensión parcial.
Para que una persona pueda jubilarse y percibir la pensión completa, deberá haber cotizado durante al menos 35 años. Si ha cotizado entre 20 y 34 años, la pensión será parcial. No obstante, para que la pensión parcial sea concedida, es necesario que la persona haya cotizado, al menos, durante 12 meses ininterrumpidos en los últimos 20 años.
En el caso de que la persona haya cotizado menos de 12 meses en los últimos 20 años, no podrá acceder a la pensión de jubilación, ni siquiera de forma parcial.
Así mismo, cabe destacar que, para que la pensión parcial sea concedida, es necesario que la persona haya alcanzado la edad de jubilación mínima establecida en la legislación vigente. En la actualidad, la edad mínima para jubilarse es de 65 años.
Por lo tanto, si una persona tiene 20 años cotizados, pero no ha cotizado en los últimos 12 meses o no ha alcanzado la edad mínima de jubilación, no podrá acceder a la pensión de jubilación, ni siquiera de forma parcial.
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