¿Que se cobra estando de baja por ETT?

¿Que se cobra estando de baja por ETT?

En primer lugar, estando de baja por enfermedad, se cobrará el 100% de la base reguladora. El importe de la base reguladora es el que se muestra en la cartilla de la Seguridad Social, y es el que se usa para calcular el subsidio por enfermedad. A partir del día siguiente al inicio de la baja, se cobrará el subsidio por enfermedad. El subsidio por enfermedad es el 70% de la base reguladora, y se cobra durante los primeros 90 días de baja. A partir del 91º día de baja, se cobrará el subsidio por incapacidad temporal, que es el 60% de la base reguladora.

Para saber cuánto dinero se cobrará exactamente, se debe tener en cuenta el número de días cotizados en los últimos 12 meses. Si se ha cotizado durante más de 180 días, se cobrará el 100% de la base reguladora. Si se ha cotizado entre 120 y 179 días, se cobrará el 75% de la base reguladora. Y si se ha cotizado menos de 120 días, se cobrará el 50% de la base reguladora.

Además, si se tiene una pensión por invalidez o jubilación, se cobrará el 100% de la base reguladora. Y si se tiene una pensión por viudedad, orfandad o riesgo durante el embarazo, se cobrará el 70% de la base reguladora.

¿Que se cobra estando de baja no laboral?

Si estás de baja no laboral, cobrarás una prestación por incapacidad temporal que cubrirá una parte de tu sueldo. El importe a percibir depende de tu salario y de la duración de la baja, y se calcula de la siguiente manera:

  • Si tu salario es inferior a 1.004,4 euros, la prestación por incapacidad temporal será del 75% de tu salario base.
  • Si tu salario es superior a 1.004,4 euros, la prestación será del 60% del salario base, con un tope de 1.637,84 euros.

Esta prestación se cobra desde el primer día de baja, y su duración máxima es de 365 días. A partir del día 366, se deberá solicitar la prestación por desempleo.

¿Que te pagan si estás de baja?

En España, el sistema de seguridad social cubre a todos los trabajadores por enfermedad y maternidad. Si estás enfermo o tienes un bebé, recibirás una prestación por incapacidad temporal o por maternidad, respectivamente. Sin embargo, no todos los trabajadores tienen los mismos derechos. Aquí te explicamos cuáles son:

¿Quién tiene derecho a una prestación por enfermedad? Todos los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a una prestación por enfermedad, ya sean fijos, temporales o en prácticas, aunque no cotizan a la Seguridad Social. También tienen derecho a ella los trabajadores autónomos, aunque no coticen voluntariamente. Para tener derecho a la prestación, el trabajador debe haber cotizado un mínimo de 180 días en los 5 años anteriores al inicio de la baja, o un mínimo de 360 días en los 10 años anteriores. Si no se cumplen estos requisitos, el trabajador no podrá cobrar la prestación.

¿Cuánto dura la prestación por enfermedad? La prestación por enfermedad tiene una duración máxima de 365 días, aunque el tiempo depende del tipo de enfermedad. Por ejemplo, si la enfermedad es leve, la prestación será de hasta 3 meses. Si es de carácter agudo o es una enfermedad crónica, se podrá cobrar hasta 6 meses. Y si es una enfermedad grave o muy grave, se podrá cobrar hasta 12 meses. Además, si el trabajador tiene una discapacidad igual o superior al 33%, la prestación por enfermedad podrá alargarse hasta 5 años.

¿Cuánto se cobra por la prestación por enfermedad? La prestación por enfermedad tiene un importe mínimo y máximo. En 2020, el importe mínimo es de 60 euros al día y el máximo es de 426,15 euros al día. El importe de la prestación se calcula en función de los salarios cotizados en los últimos 12 meses. Se cobra el 60% de la base reguladora, que es el salario promedio de los últimos 12 meses. Por ejemplo, si el trabajador ha cotizado 1.000 euros al mes en los últimos 12 meses, su base reguladora será de 12.000 euros (1.000 euros x 12 meses). El 60% de 12.000 euros es de 7.200 euros, por lo que la prestación máxima que podrá cobrar será de 426,15 euros al día (7.200 euros / 30 días).

¿Qué pasa si el trabajador no cotiza a la Seguridad Social? Si el trabajador no cotiza a la Seguridad Social, no tendrá derecho a cobrar una prestación por enfermedad. No obstante, el trabajador podrá acogerse a un subsidio por desempleo o a una renta básica de ciudadanía.

¿Quién paga la baja si estás por ETT?

En España, las empresas de trabajo temporal (ETT) se encargan de proporcionar a sus clientes un servicio de selección y contratación de personal cualificado para cubrir necesidades puntuales de sus empresas clientes.

La legislación española establece que las ETT deben abonar a sus trabajadores los mismos salarios, derechos y obligaciones que corresponden a sus trabajadores fijos.

En caso de baja por enfermedad o accidente, el trabajador tiene derecho a percibir el importe de su salario íntegro, descontando los días de baja que ya hubiera tenido durante el año natural anterior a la baja.

Si la baja es por maternidad o paternidad, el trabajador percibe el 100% de su salario íntegro, sin descuento alguno.

La legislación española establece que las ETT deben abonar a sus trabajadores los mismos salarios, derechos y obligaciones que corresponden a sus trabajadores fijos.

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