¿Quién cobra la pensión de viudedad la primera o la segunda esposa?
En el caso de que un hombre fallezca, sus hijos y la mujer a su cargo tienen derecho a recibir una pensión de viudedad. Si el hombre tuviera más de una esposa, la primera esposa tendrá derecho a recibir la pensión, a menos que se demuestre que hubo un divorcio. Sin embargo, en el caso de que una mujer falleciera, sus hijos y el hombre a su cargo tendrán derecho a recibir una pensión de viudedad. Si la mujer tuviera más de un marido, la segunda esposa tendrá derecho a recibir la pensión, a menos que se demuestre que hubo un divorcio.
Pensiones de viudedad se pagan a los cónyuges e hijos menores de edad. La pensión se paga hasta que los hijos cumplan 18 años de edad. Sin embargo, en el caso de que los hijos sean mayores de edad y estén estudiando, la pensión seguirá siendo pagada hasta que finalicen sus estudios. La pensión de viudedad también se paga si el cónyuge fallecido era mayor de 65 años de edad.
¿Cómo se reparte la pensión de viudedad entre dos mujeres?
En España, la pensión de viudedad se reparte entre las dos mujeres que viven en una relación de hecho o en una relación de matrimonio. Si una de las mujeres fallece, la otra mujer puede solicitar la pensión de viudedad a la Seguridad Social. La pensión de viudedad se calcula en función de los años de cotización y del salario medio de los últimos cinco años. Si la mujer fallecida no cotizó suficientemente para tener derecho a una pensión, la otra mujer puede solicitar un subsidio por viudedad. El subsidio por viudedad se calcula en función del número de hijos menores de edad que tenga la mujer viuda y de sus ingresos.
¿Quién cobra la pensión de viudedad de un divorciado?
La pensión de viudedad de un divorciado se cobra de la misma manera que si la persona hubiera fallecido. La pensión de viudedad de un divorciado se calcula de la misma manera que si la persona hubiera fallecido. Se tienen en cuenta los años de matrimonio y la edad de la persona, entre otros factores. Si la persona divorciada fallece, su cónyuge tendrá derecho a cobrar la pensión de viudedad. El cónyuge tendrá derecho a cobrar la pensión de viudedad si la persona divorciada fallece. La pensión de viudedad se cobra hasta que el cónyuge fallezca o se vuelva a casar.
Para cobrar la pensión de viudedad, el cónyuge debe presentar los siguientes documentos:
- Certificado de matrimonio
- Certificado de divorcio
- Certificado de defunción
- Documentación que acredite la edad
La pensión de viudedad se puede cobrar en persona o a través de un representante. Se debe presentar la documentación requerida y seguir las instrucciones del organismo que pague la pensión.
¿Cuántos años de matrimonio se exigen para recibir una pensión de viudedad?
La Seguridad Social otorga la pensión de viudedad a aquellas personas que hayan estado casadas al menos diez años ininterrumpidos. No obstante, en algunos casos especiales se puede acceder a ella con una antigüedad menor. En concreto, se establecen tres supuestos especiales:
- Si el fallecido era mayor de 65 años: la pensión se otorga a partir de los cinco años de matrimonio.
- Si el fallecido era discapacitado: la pensión se otorga a partir de los cinco años de matrimonio.
- Si el fallecido estaba en paro: la pensión se otorga a partir de los cinco años de matrimonio.
Para acceder a la pensión de viudedad, además de cumplir los requisitos anteriores, es necesario que la persona viuda no esté casada ni conviva en una unión de hecho registrada. Asimismo, debe haber cesado en su actividad laboral, salvo que tenga derecho a la pensión por invalidez, y no perciba otra pensión por viudedad o por separación o divorcio.
¿Qué pasa si una viuda se vuelve a casar pierde la pensión?
La pensión de viudedad se otorga a las mujeres que hayan quedado solas después de la muerte de su esposo. Sin embargo, si la viuda se vuelve a casar, pierde el derecho a la pensión de viudedad. Esto se debe a que, al contraer nuevas nupcias, la mujer cambia su estado civil y, por tanto, deja de ser considerada viuda. No obstante, si la nueva relación matrimonial se disuelve, la mujer recuperará el derecho a la pensión de viudedad.
En cualquier caso, la viuda que se vuelva a casar no perderá el derecho a la pensión de invalidez que hubiera obtenido con anterioridad. Tampoco perderá el derecho a la pensión por orfandad, en el caso de que ésta se hubiera concedido a los hijos menores de edad.
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