¿Cómo pedir la compatibilidad del paro con autónomo?
Para solicitar la compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las actividades como autónomo, debes presentar la documentación correspondiente en la oficina de Seguridad Social de tu zona. En concreto, tendrás que acreditar que eres un trabajador autónomo cotizante, que estás dado de alta en la Seguridad Social y que cumples con los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo.
Una vez que tengas toda la documentación en orden, deberás solicitar cita previa en la oficina de Seguridad Social o en la web de la Seguridad Social. En la solicitud de cita, deberás indicar que quieres tramitar la compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las actividades como autónomo.
En la cita, deberás presentar la documentación necesaria y rellenar una solicitud. Si todo está correcto, la Seguridad Social te dará un número de referencia y te indicará el importe de la prestación a la que tienes derecho.
Una vez que tengas el número de referencia, deberás dirigirte a la oficina de Correos más cercana para solicitar la tarjeta de desempleo. En la solicitud, deberás indicar el número de referencia que te dio la Seguridad Social.
La tarjeta de desempleo se expedirá en un plazo de 10 días hábiles y se entregará en la oficina de Correos indicada en la solicitud. Una vez que tengas la tarjeta, podrás cobrar la prestación por desempleo en cualquier oficina de Correos.
¿Qué hay que hacer para compatibilizar el paro?
Compatibilizar el paro con otra actividad laboral supone, en muchas ocasiones, una reducción de la prestación por desempleo que se está percibiendo. No obstante, en algunos casos, es posible combinar ambas actividades de forma que no se pierda la prestación íntegra. A continuación, se detallan algunos aspectos a tener en cuenta:
- La jornada de trabajo no debe superar las 35 horas semanales. En caso de que se superen, la prestación se reduce en función del exceso de horas trabajadas.
- La remuneración obtenida por la nueva actividad laboral no debe superar los 1.004,4 euros al mes. En caso de que se supere, la prestación se reduce en función del exceso de ingresos percibidos.
- La actividad a realizar debe compatibilizarse con la búsqueda activa de empleo que se está realizando.
- Es necesario comunicar a la oficina de empleo la nueva actividad que se va a realizar para que se evalúe si se puede compatibilizar o no la prestación por desempleo.
En cualquier caso, es importante consultar con la oficina de empleo cualquier duda relacionada con la compatibilización de la prestación por desempleo.
¿Qué pasa si estoy cobrando el paro y me doy de alta como autónomo?
Si estás cobrando el paro y te das de alta como autónomo, deberás notificarlo a tu oficina de seguridad social correspondiente para que se evalúe si sigues teniendo derecho al subsidio. En caso de que sigas teniendo derecho, seguirás percibiéndolo hasta que agotes los días que te correspondan por ley.
En el caso de que no sigas teniendo derecho al subsidio, deberás reembolsar todo lo que hayas percibido de más a la seguridad social.
Por otro lado, si te das de alta como autónomo mientras sigues cobrando el subsidio, deberás abonar a la seguridad social el importe íntegro de la cuota mensual, ya que no se aplicará ningún tipo de descuento.
¿Qué paro me corresponde Cómo autónomo?
La prestación por desempleo para los autónomos se conoce como Paro de autónomos. Esta prestación se otorga a los trabajadores por cuenta propia que, por circunstancias ajenas a su voluntad, se hayan visto obligados a cesar su actividad y, por tanto, se encuentren en situación de desempleo.
Para poder acceder a esta prestación, el trabajador autónomo deberá reunir una serie de requisitos:
- Haber cotizado durante, al menos, un año en los últimos diez años.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el momento de solicitar la prestación.
- No estar cobrando otra prestación por desempleo o subsidio por cese de actividad.
- No estar realizando una actividad por cuenta propia en la fecha de solicitud de la prestación.
- No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en los últimos doce meses.
La prestación por desempleo para los autónomos tiene una duración de 12 meses y su importe mensual será el 60% de la base reguladora, con un máximo de 1.050 euros.
Para calcular la base reguladora se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en los últimos cinco años. En el caso de que el trabajador autónomo no hubiera cotizado durante todos estos años, se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en el tiempo que haya cotizado.
¿Dónde se solicita el paro de autónomos?
Para solicitar el paro de autónomos, lo primero que debes hacer es darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), ya que si no estás dado de alta en este régimen no podrás acceder a las prestaciones por desempleo. Para darte de alta en el RETA debes acudir a la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio y solicitarlo. Si no tienes claro cómo darte de alta, puedes consultar nuestra guía paso a paso para dar de alta el RETA.
Una vez que ya estás dado de alta en el RETA, para solicitar el paro de autónomos debes dirigirte a la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio y solicitarlo. En la solicitud tendrás que indicar los datos personales y profesionales, así como los datos del último empleador si los tuvieses. También tendrás que adjuntar un certificado de empadronamiento y una fotocopia del DNI. Si necesitas más información, puedes consultar nuestra guía paso a paso para solicitar el paro de autónomos.
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