¿Cuándo se cobra el ERTE del mes de diciembre 2020?
El ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo es una figura legal que permite a las empresas reducir temporalmente la jornada laboral de sus trabajadores o, en su caso, suspender sus contratos de trabajo, debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. En este último caso, hablaríamos de ERTE de suspensión.
La crisis del coronavirus ha supuesto una situación de excepcionalidad en nuestro país y ha hecho necesario el recurso a los ERTE para hacer frente a la pérdida de actividad que se ha producido en muchos sectores. Sin embargo, aunque el gobierno ha aprobado diversas medidas de apoyo para los trabajadores afectados por los ERTE, todavía hay muchas dudas sobre cómo funcionan estos expedientes y cuándo se cobran.
En este artículo, vamos a tratar de aclarar cuándo se cobra el ERTE del mes de diciembre 2020. Para ello, es importante tener en cuenta que el cálculo de la prestación por desempleo se realiza mensualmente, por lo que el pago se realizará el último día hábil de cada mes. No obstante, en algunos casos concretos, como en el de los trabajadores por cuenta propia, el pago se realiza en la segunda quincena del mes.
Por lo tanto, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena afectados por un ERTE de suspensión, el pago de la prestación se realizará el último día hábil de diciembre de 2020, es decir, el 31 de diciembre. No obstante, en el caso de los trabajadores por cuenta propia, el pago se realizará en la segunda quincena de diciembre, es decir, entre el 16 y 31 de diciembre.
¿Cuándo se cobra el ERTE en enero 2022?
El ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es una medida que se puso en marcha por el Gobierno para hacer frente a la crisis económica derivada de la pandemia. En concreto, se trata de una suspensión o reducción de la jornada laboral que permite que los trabajadores puedan acceder a un subsidio por desempleo.
¿Cuándo se cobra el ERTE en enero 2022?
El subsidio por desempleo se cobra a partir del primer día de su solicitud y hasta un máximo de 24 meses. En el caso de los ERTE, el subsidio se cobra de la misma forma, es decir, a partir del primer día de la solicitud y hasta un máximo de 24 meses.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo?
Para cobrar el subsidio por desempleo, los trabajadores deben cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran:
-Estar inscritos como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo.
-No estar cobrando ya otro subsidio por desempleo.
-No estar en situación de excedencia voluntaria.
-Haber cotizado durante los últimos 12 meses.
-No estar en situación de jubilación, incapacidad permanente o muerte.
-No estar en prisión.
-No haber rechazado una oferta de empleo adecuada.
¿Cuándo se cobra el ERTE del mes de diciembre?
Los ERTE de diciembre se cobrarán el día 30 de diciembre, tal y como ha anunciado el Ministerio de Trabajo. El importe mensual de la prestación se abonará en el mismo día y horario en el que habitualmente se recibe el salario. No obstante, en este caso concreto, la cantidad recibida corresponderá al 100% de la prestación a percibir, ya que no se descontará ninguna cuota de Seguridad Social.
Para cobrar el ERTE de diciembre, los trabajadores afectados deberán acreditar su situación de desempleo mediante la presentación de la certificación emitida por la Seguridad Social. En ella, se indicará el número de días en los que se ha estado cobrando el subsidio y el importe total a percibir.
En el caso de los trabajadores autónomos, la prestación por cese de actividad se cobrará el día 30 de diciembre de forma automática, sin necesidad de realizar ningún trámite. El importe a percibir será el mismo que se ha venido cobrando hasta la fecha.
Para los trabajadores afectados por un ERTE, el cobro de la prestación por desempleo se realizará el día 30 de diciembre, tal y como ha anunciado el Ministerio de Trabajo. No obstante, en este caso concreto, la cantidad recibida corresponderá al 100% de la prestación a percibir, ya que no se descontará ninguna cuota de Seguridad Social.
Para cobrar el ERTE de diciembre, los trabajadores afectados deberán acreditar su situación de desempleo mediante la presentación de la certificación emitida por la Seguridad Social. En ella, se indicará el número de días en los que se ha estado cobrando el subsidio y el importe total a percibir.
¿Cuándo se paga el ERTE este mes?
La cuestión de los ERTES es una de las más complicadas y confusas desde el inicio de la crisis del coronavirus. Ahora, tras el decreto aprobado el pasado viernes, se espera que empiecen a cobrarse los primeros expedientes a partir de mañana. No obstante, no todos los trabajadores serán beneficiados de inmediato.
Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) se pueden solicitar desde el pasado 23 de marzo. Y, de hecho, muchos lo hicieron en cuanto se abrió el periodo de presentación. No obstante, en estos momentos, todavía hay muchos trabajadores en situación de incertidumbre porque no saben si cobrarán o no el subsidio establecido para estos casos.
La nueva normativa aprobada el pasado viernes prevé que los primeros cobros se realicen a partir de mañana, martes 5 de mayo. No obstante, no todos los trabajadores verán reflejado el importe en su nómina. De hecho, según datos del Ministerio de Trabajo, en estos momentos hay unos 700.000 expedientes en situación de suspensión.
La causa de esta suspensión es que, en la mayoría de los casos, faltan algunos datos por completar en la solicitud. Es decir, los trabajadores no han facilitado toda la información requerida o, directamente, no han cumplido con los requisitos establecidos.
Por ello, desde el Ministerio de Trabajo se recomienda a todos los afectados que revisen sus datos y, en su caso, modifiquen o completen la información faltante. De esta forma, se facilitará y acelerará el proceso de cobro de los expedientes.
¿Cuándo se cobra la prestación por desempleo este mes?
La prestación por desempleo es un beneficio que se otorga a las personas que han perdido su empleo y cumplen con los requisitos para acceder a ella. En España, este beneficio está regulado por la Ley General de Seguridad Social y se puede cobrar desde el primer día de desempleo.
Para acceder a este beneficio, es necesario estar inscrito en el Servicio Público de Empleo (SEPE) y tener una tarjeta de demandante de empleo. Además, se debe cumplir con ciertos requisitos, como estar dispuesto a trabajar, no tener una renta superior al salario mínimo interprofesional (SMI) o estar en situación de desempleo involuntario.
Una vez que se cumplen todos estos requisitos, se puede solicitar la prestación por desempleo a través del SEPE. La solicitud se realiza a través de la web del SEPE o en la oficina más cercana. La prestación se cobra mensualmente y el importe máximo que se puede cobrar es de 1.004 euros.
El pago de la prestación se realiza a través de la tarjeta de demandante de empleo, que se recibe una vez que se ha solicitado el beneficio. Para poder recibir el pago, es necesario activar la tarjeta, que se puede hacer a través de la web del SEPE o en la oficina más cercana.
Una vez que se ha activado la tarjeta, se puede cobrar la prestación en cualquier cajero automático de la Red de Oficinas de Crédito (RedOC). El pago se realiza el primer día hábil de cada mes y, si no se cobra en esa fecha, se puede cobrar el día siguiente en cualquier oficina de Correos.
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