¿Cuando tendran derecho a paro las empleadas de hogar?
Desde el 1 de enero de 2019, las empleadas de hogar tendrán derecho a cobrar el paro, tras años de lucha y de exigir igualdad de derechos y trato con el resto de trabajadores. Hasta ahora, las empleadas de hogar no podían cobrar el paro, aunque hubiesen cotizado los años necesarios, debido a que su jornada laboral no era considerada como tal.
Para poder cobrar el paro, las empleadas de hogar deberán haber cotizado como mínimo un año, y tendrán derecho a cobrar un subsidio por desempleo por un período de cinco meses. El subsidio será de un 70% de la base reguladora, y se podrá prorrogar por otros tres meses en caso de que las empleadas de hogar no encuentren un nuevo empleo.
Desde el sindicato de empleadas de hogar se ha señalado que, aunque este es un primer paso, todavía queda mucho por hacer para conseguir la igualdad de derechos y trato con el resto de trabajadores. Se espera que, con el tiempo, las empleadas de hogar puedan acceder a un subsidio por desempleo más prolongado, y que se les reconozca el tiempo que hayan trabajado como tal para poder acceder a una pensión.
¿Cómo puedo saber si tengo derecho a paro?
Para saber si tienes derecho a cobrar el paro, tienes que acreditar que estás en situación de desempleo y que cumples los requisitos para percibirlo. Si no has trabajado nunca, no podrás cobrar el paro. Además, para tener derecho al subsidio por desempleo debes:
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo en la oficina de empleo.
- No estar cobrando otro subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de prestación por desempleo.
- No estar cobrando la pensión de jubilación o invalidez.
- No estar cobrando otra prestación por cese de actividad.
- No percibir rentas superiores a cierto nivel, lo que se conoce como “renta mínima de inserción”.
- Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 5 años.
- No haber rechazado una oferta de trabajo adecuada a tus circunstancias personales y profesionales.
- Estar dispuesto a trabajar y a participar en programas de formación o reinserción laboral que te ofrezca el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Para percibir el subsidio por desempleo debes tener una cuenta abierta en un banco, caja de ahorros o en una cooperativa de crédito. Si no dispones de una cuenta, el SEPE te asignará una cuenta en la entidad que tenga convenio con el SEPE para este fin.
¿Qué contratos no tienen derecho a paro?
Hay algunos contratos que no tienen derecho a paro, aunque la mayoría de los trabajadores sí lo tengan. En general, los trabajadores que no tienen derecho a paro son los que tienen un contrato temporal, los que trabajan por cuenta propia o los que prestan servicios a particulares.
Los contratos temporales son aquellos que tienen una duración determinada y que se realizan para cubrir un puesto de trabajo de forma eventual. Estos contratos suelen tener una duración de hasta seis meses, aunque también pueden extenderse hasta dos años en algunos casos.
Por otro lado, los trabajadores por cuenta propia son aquellos que no tienen un jefe y que realizan su actividad por su cuenta. Esto quiere decir que son autónomos y, por tanto, no tienen derecho a paro.
Por último, los trabajadores que prestan servicios a particulares son aquellos que trabajan para una persona física, es decir, que no lo hacen para una empresa. Estos trabajadores suelen ser empleados domésticos, pero también pueden ser jardineros, pintores o fontaneros, entre otros.
Aunque la mayoría de los trabajadores sí tengan derecho a paro, hay algunos que no lo tienen. Esto se debe a que tienen un contrato temporal, trabajan por cuenta propia o prestan servicios a particulares.
¿Cuánto tiempo se cobra el subsidio de empleada de hogar?
El subsidio de empleada de hogar es una prestación por desempleo que se otorga a aquellas personas que hayan trabajado como empleadas domésticas y que se hayan quedado sin trabajo. La prestación tiene una duración de 4 meses y se cobra de forma mensual. Para cobrar el subsidio, es necesario que la persona haya cotizado como empleada de hogar durante al menos 12 meses en los últimos 4 años.
Para cobrar el subsidio, la persona debe solicitarlo a la Oficina de Prestaciones del INEM. La solicitud se puede hacer de manera presencial o a través de internet. En el caso de hacerla de forma presencial, es necesario acudir a la oficina con la documentación necesaria. En el caso de hacerla a través de internet, es necesario registrarse en el portal web del INEM y seguir los pasos indicados.
Una vez que se haya solicitado el subsidio, el INEM evaluará la solicitud y, si procede, se le otorgará la prestación. La prestación se cobra de forma mensual y se puede cobrar por internet, por teléfono o en cualquier oficina de Correos.
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