¿Cuántas pagas tiene una incapacidad permanente absoluta?
La incapacidad permanente absoluta es una situación en la que el trabajador no puede volver a realizar su actividad profesional habitual porque su salud se ha deteriorado de forma irreversible. En estos casos, la Seguridad Social le reconoce una pensión que le permite mantener un nivel de vida adecuado.
La pensión de incapacidad permanente absoluta se calcula en función de los años de cotización, de forma que cuanto más años de cotización tenga el trabajador, mayor será la pensión. En el caso de los trabajadores que cotizan por cuenta propia, la pensión se calcula en función de los ingresos del último año.
Para tener derecho a la pensión de incapacidad permanente absoluta, el trabajador debe haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 5 años. Si el trabajador tiene menos de 360 días de cotización, la pensión se reduce en función del número de días cotizados.
La pensión de incapacidad permanente absoluta se paga mensualmente y tiene una duración indefinida. No obstante, el trabajador debe realizar una revisión médica cada 5 años para comprobar que su estado de salud no ha mejorado y que sigue siendo incapaz de realizar su actividad profesional habitual.
¿Cuántas pagas tiene la pensión de incapacidad permanente absoluta?
La pensión de incapacidad permanente absoluta se paga mensualmente, por lo que tiene doce pagas al año. No obstante, en algunos casos excepcionales, la pensión se puede cobrar de manera trimestral.
Para percibir esta prestación, el beneficiario debe reunir unos requisitos médicos y económicos. En concreto, debe aportar un informe médico que acredite que su incapacidad es permanente y que no le permite desempeñar ninguna actividad laboral.
Respecto a los requisitos económicos, el beneficiario no debe tener ingresos suficientes para mantenerse, por lo que deberá presentar un justificante de sus ingresos y de los de su unidad familiar.
La pensión de incapacidad permanente absoluta tiene carácter vitalicio, por lo que se cobra mientras el beneficiario cumpla los requisitos establecidos. No obstante, en algunos casos, el importe de la pensión puede variar. Por ejemplo, si el beneficiario cobra una renta, esta se descontará del importe de la pensión.
¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente absoluta en 2022?
En España, el importe mensual de la incapacidad permanente absoluta (IPA) en 2022 será de 861,80 euros, según el último informe actualizado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
La incapacidad permanente absoluta es una prestación por incapacidad que se otorga a aquellas personas que, debido a una enfermedad o discapacidad, no pueden realizar ningún tipo de actividad laboral y necesitan la ayuda permanente de otra persona para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria.
Para tener derecho a esta prestación, es necesario que el interesado haya cotizado un mínimo de 180 meses a la Seguridad Social y que la incapacidad permanente se haya producido antes de cumplir los 65 años de edad.
La incapacidad permanente absoluta se divide en tres grados:
- Grado I: se otorga a aquellas personas que necesitan la ayuda permanente de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Grado II: se otorga a aquellas personas que, además de necesitar la ayuda permanente de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria, también necesitan una atención especializada constante.
- Grado III: se otorga a aquellas personas que, además de necesitar la ayuda permanente de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria, también necesitan una atención especializada constante y están en estado vegetativo.
El importe mensual de la prestación será de 861,80 euros en 2022 para todos los grados de incapacidad permanente absoluta. Además, el interesado podrá percibir otros subsidios y ayudas, como por ejemplo, el subsidio por cese de actividad o el subsidio por desempleo.
¿Qué beneficios tiene una incapacidad permanente absoluta?
La incapacidad permanente absoluta es una situación en la que una persona no puede realizar ningún tipo de actividad laboral porque su salud se ha deteriorado de forma irreversible. En estos casos, la persona puede acogerse a una prestación por incapacidad permanente absoluta del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Para acceder a esta prestación, el asegurado debe estar deshabituado al trabajo por un periodo de al menos 6 meses y, además, debe reunir una serie de requisitos, como por ejemplo, que su grado de discapacidad sea igual o superior al 65%.
La cuantía de la prestación por incapacidad permanente absoluta se calcula en función de los años cotizados y del salario base de cotización. En concreto, se establece un porcentaje del 60% del salario base de cotización para los asegurados que hayan cotizado entre 15 y 20 años, y un 70% para los que hayan cotizado más de 20 años.
Asimismo, se establece un complemento por maternidad o paternidad de hasta el 100% de la prestación, en el caso de que el asegurado tenga hijos menores de 3 años o hijos con discapacidad.
Otro beneficio a tener en cuenta es que, en el caso de fallecimiento del asegurado, sus beneficiarios (cónyuge e hijos menores de 26 años) podrán percibir una prestación por muerte, que equivale al 60% del salario base de cotización.
¿Qué sucede si llego a la jubilación cobrando la pensión de incapacidad absoluta?
La jubilación es un derecho adquirido por el trabajador una vez que cumple los requisitos que establece la ley, y que consiste en el pago de una pensión mensual por parte del patrono, a partir de los 65 años de edad.
En el caso de los trabajadores que perciben la pensión de incapacidad absoluta, ésta se mantiene sin cambios hasta que cumplan los 70 años, momento en el que pasan a cobrar la pensión de jubilación. A partir de ese momento, la pensión de jubilación se calcula de acuerdo a los años cotizados y el salario base de cotización, y es incompatible con cualquier otro tipo de pensión.
Por lo tanto, si un trabajador se jubila cobrando la pensión de incapacidad absoluta, a partir de los 70 años dejará de percibirla y pasará a cobrar únicamente la pensión de jubilación.
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