¿Cuánto es la ayuda por reducción de jornada Gobierno Vasco?
¿Cuánto es la ayuda por reducción de jornada Gobierno Vasco?
La ayuda por reducción de jornada de Gobierno Vasco es una prestación económica mensual a percibir por aquellas personas que, como consecuencia del Covid-19, hayan visto reducida su jornada laboral de manera involuntaria.
La cuantía de la ayuda será de hasta 561 euros mensuales y se abonará directamente a la cuenta bancaria de los beneficiarios.
Para solicitar la ayuda, los interesados deberán acreditar que su salario mensual neto no supera los 1.500 euros y que, como consecuencia del Covid-19, hayan visto reducida su jornada laboral de manera involuntaria en un mínimo del 33%.
¿Cuánto dura la ayuda por reduccion de jornada?
La ayuda por reducción de jornada es un subsidio que se otorga a los trabajadores para que puedan mantener su empleo a pesar de que hayan tenido que reducir su jornada laboral. El subsidio se otorga por un período de hasta 12 meses y está destinado a cubrir parte del salario perdido por el trabajador. Para poder acceder a este subsidio, el trabajador debe estar en situación de desempleo, es decir, que no tenga ningún otro empleo a tiempo completo. El importe del subsidio se calcula en función del salario percibido por el trabajador y de la reducción de la jornada laboral. Este subsidio no es incompatible con otras prestaciones por desempleo, como por ejemplo, la prestación por desempleo contributiva o la prestación por desempleo no contributiva.
Para poder acceder a la ayuda por reducción de jornada, el trabajador debe solicitarla a la oficina de Seguridad Social más cercana. En la solicitud deberá indicar la reducción de la jornada laboral que va a aplicar y el período de tiempo en el que se va a aplicar. La solicitud debe estar firmada por el trabajador y por el empleador. Una vez que se haya presentado la solicitud, se tramitará a través de la oficina de Seguridad Social y se notificará la resolución a los interesados.
El subsidio por reducción de jornada se renueva de forma automática cada mes, siempre y cuando el trabajador continúe en situación de desempleo y cumpla con los requisitos para acceder al subsidio. Si el trabajador deja de cumplir con alguno de los requisitos, se le notificará a la oficina de Seguridad Social y se le dará un plazo de 15 días para que pueda regularizar su situación. Si no lo hace, se le suspenderá el subsidio.
El subsidio por reducción de jornada tiene un importe máximo de 1.004 euros mensuales. Este importe se calcula en función del salario percibido por el trabajador y de la reducción de la jornada laboral. La ayuda se otorga por un período de hasta 12 meses. Transcurrido este plazo, el trabajador debe solicitar un nuevo subsidio si continúa en situación de desempleo.
¿Cuánto dinero da el Gobierno Vasco por tener un hijo?
El Gobierno Vasco da una subvención mensual de hasta 130 euros por hijo a aquellas familias con rentas bajas o medianas que tengan hijos menores de 25 años que estén cursando estudios o realizando una formación profesional, siempre y cuando dichos estudios se realicen en el territorio de Euskadi. Esta prestación, que se conoce como Ayuda a la Familia Numerosa, se puede solicitar a través de la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Consejería de Desarrollo Social.
Para solicitar la Ayuda a la Familia Numerosa, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada
- Documentación acreditativa de la composición de la unidad familiar y de las rentas percibidas por todos sus miembros
- Documentación acreditativa de los estudios que se están realizando
Una vez que se haya presentado toda la documentación, se realizará una evaluación de las condiciones de la familia y, en caso de cumplir con todos los requisitos, se le otorgará la subvención mensual correspondiente.
¿Cuándo termina la reduccion de jornada por cuidado de hijos?
La reducción de jornada por cuidado de hijos es un beneficio que se otorga a los trabajadores con hijos menores de 3 años. El propósito de este beneficio es facilitar el cuidado del niño y el trabajo, permitiendo a los trabajadores reducir su jornada laboral en un máximo de tres horas diarias. Este beneficio también se otorga a los trabajadores con hijos menores de 6 años en situaciones especiales, como enfermedades graves o discapacidad.
Este beneficio se otorga de forma temporal, y solo se puede disfrutar durante el primer año de vida del niño, a partir de su nacimiento. Sin embargo, en algunos casos es posible prorrogar este beneficio hasta que el niño cumpla 3 años. Para ello, es necesario que el trabajador presente una solicitud ante su empresa, y que esta solicitud sea aprobada por la autoridad laboral competente.
Para acceder a este beneficio, el trabajador debe cumplir con ciertos requisitos, entre los que se encuentran:
- Ser trabajador por cuenta ajena.
- Estar desempleado.
- Estar en situación de excedencia por cuidado de hijos.
- Estar en situación de incapacidad temporal por maternidad, paternidad o adopción.
- Estar en situación de riesgo durante el embarazo o en el periodo de lactancia.
Para más información sobre este beneficio, puedes consultar el Reglamento de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Quién tiene derecho a la conciliación familiar?
La conciliación es un derecho fundamental de los trabajadores con hijos menores de 12 años o en situación de discapacidad, y de las madres durante el período de lactancia. No obstante, el derecho a la conciliación no es absoluto, y puede verse limitado por motivos de organización y producción de la empresa. Así, el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que el ejercicio de este derecho no puede perjudicar de forma unjustificada la marcha de la empresa.
Por otro lado, el derecho a la conciliación también puede verse afectado por la situación de desempleo. En este caso, el artículo 4.3 del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, por el que se modifica el artículo 49 del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, sobre medidas urgentes de flexibilización y apoyo al empleo, establece que el derecho a la reducción de jornada y a la excedencia por cuidado de hijos menores de 12 años o en situación de discapacidad cesará si el trabajador pierde el empleo.
Por último, cabe señalar que el derecho a la conciliación familiar también se encuentra regulado en el convenio colectivo. En este sentido, el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que las condiciones de ejercicio de este derecho serán objeto de negociación colectiva.
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