¿Cuánto te pagan por excedencia?
¿Cuánto te pagan por excedencia? Esta es una pregunta común que surge cuando un empleado decide tomar una excedencia en su trabajo. La excedencia es un periodo de tiempo en el cual el trabajador se toma un descanso temporal de su empleo, ya sea por motivos personales o profesionales.
En España, la ley establece que durante una excedencia voluntaria, el trabajador no tiene derecho a percibir un salario por parte de la empresa. Sin embargo, existen algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo, si el trabajador se encuentra en una excedencia por cuidado de hijos menores de tres años, la empresa está obligada a pagar una cantidad equivalente al 33% de la base reguladora durante los primeros 15 días de la excedencia.
Además, es importante destacar que durante una excedencia el trabajador conserva su puesto de trabajo y tiene derecho a reincorporarse a él una vez finalizado el periodo de excedencia. Esto significa que no puede ser despedido ni sustituido por otro empleado durante su ausencia.
En cuanto a la duración de una excedencia, esta puede variar. En el caso de una excedencia por cuidado de hijos, la duración máxima es de tres años. Sin embargo, en otros casos como una excedencia voluntaria, la duración está sujeta a acuerdo entre el trabajador y la empresa.
Otro aspecto a tener en cuenta es que durante una excedencia, el trabajador no cotiza a la Seguridad Social y, por lo tanto, no genera derechos a prestaciones sociales como el desempleo. Esto implica que al reincorporarse al trabajo, el trabajador no tendrá derecho a cobrar una prestación por desempleo en caso de quedarse sin empleo.
En resumen, durante una excedencia voluntaria en España, el trabajador no percibe un salario por parte de la empresa, excepto en casos específicos como la excedencia por cuidado de hijos menores de tres años. Sin embargo, el trabajador conserva su puesto de trabajo y tiene derecho a reincorporarse una vez finalizado el período de excedencia. Es importante tener en cuenta que durante la excedencia, el trabajador no cotiza a la Seguridad Social y no tiene derecho a prestaciones por desempleo al reincorporarse.
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