¿Cuántos días te corresponden por hospitalización de un familiar?
Según el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores tienen derecho a permiso retribuido por hospitalización de un hijo, cónyuge, pareja de hecho o descendiente de primer grado (hasta los 18 años o, en su defecto, los hijos que convivan en el mismo hogar y sean dependientes económicamente del trabajador).
Este permiso tiene una duración máxima de tres días, aunque el empresario puede ampliar este plazo a cinco días. Si la hospitalización del familiar se prolongara más allá de estos días, el trabajador podría acogerse a una excedencia por cuidado de familiares (hasta un máximo de dos años).
En el supuesto de que el familiar a hospitalizar sea el cónyuge, pareja de hecho o descendiente de primer grado menor de edad, el trabajador podrá acogerse a este permiso retribuido independientemente de que conviva con él o no.
Por otro lado, si el familiar fallece, el trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de tres días naturales hábiles. En este caso, el trabajador deberá justificar este permiso con el certificado de defunción.
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