¿Qué es un Fondo de Garantía Salarial?
Los Fondos de Garantía Salarial (FGS) son organismos públicos que protegen a los trabajadores en caso de despido improcedente o cese de la actividad de la empresa. Los FGS están cubiertos por el Estado y su finalidad es proteger a los trabajadores en aquellos casos en los que la empresa no pueda hacer frente al pago de las indemnizaciones por despido improcedente o no pueda cubrir las prestaciones económicas derivadas del cese de su actividad.
En concreto, el Fondo de Garantía Salarial cubre las siguientes prestaciones:
- Indemnización por despido improcedente.
- Prestaciones económicas derivadas del cese de actividad de la empresa (pagadas por el Fondo de Garantía Salarial en los casos en que la empresa no pueda hacer frente a ellas).
- Subsidio por cese de actividad (pagado por el Fondo de Garantía Salarial en los casos en que la empresa no pueda hacer frente al pago de la prestación económica por cese de actividad).
Para acceder a las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial, los trabajadores deben estar inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social y tener una antigüedad mínima de 12 meses en la empresa (a partir de la fecha de alta en la Seguridad Social).
El Fondo de Garantía Salarial está gestionado por la Tesorería General de la Seguridad Social y cuenta con un presupuesto anual asignado por el Gobierno.
¿Qué hace el Fondo de Garantía Salarial?
El Fondo de Garantía Salarial (FGS) es una entidad pública que tiene como objetivo proteger a los trabajadores frente a la impago de sus salarios y cotizaciones a la Seguridad Social, en el caso de que su empresa se declare en concurso de acreedores.
El FGS está financiado por las empresas y su funcionamiento está regulado por la Ley 35/2010, de 5 de octubre, de Garantías Salariales.
La protección del FGS es gratuita para el trabajador y cubre hasta un máximo de 24 mensualidades de salario y cotizaciones a la Seguridad Social.
Para acceder a esta protección, el trabajador debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y, en el caso de los autónomos, de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
El FGS se encarga de cobrar los salarios y cotizaciones impagados a la Seguridad Social directamente a la empresa en concurso y, en su caso, a los administradores concursales.
El FGS también puede hacer frente a otros pagos pendientes a los trabajadores, como los relativos a vacaciones, permisos retribuidos o indemnizaciones por despido improcedente.
Para más información, puedes consultar el sitio web del Fondo de Garantía Salarial.
¿Quién paga el Fondo de Garantía Salarial?
El Fondo de Garantía Salarial es una medida de protección por desempleo de carácter público, cuyo objetivo es atender las prestaciones económicas a las que tienen derecho los trabajadores por desempleo involuntario. Dicho fondo está gestionado por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) y su funcionamiento está regulado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE).
El Fondo de Garantía Salarial está formado por una cuota que descuenta el empresario de la nómina de los trabajadores y que se ingresa en la Seguridad Social, y otra cuota aportada por el Estado. En concreto, el empresario abona el 5,2% de la remuneración bruta de los trabajadores, mientras que el Estado aporta el 1,2% de la misma.
La finalidad del Fondo de Garantía Salarial es atender las prestaciones económicas a las que tienen derecho los trabajadores por desempleo involuntario. En concreto, este fondo se encarga de abonar el 60% de la base reguladora de cada trabajador en los casos en los que éste se queda sin trabajo por causas ajenas a su voluntad.
Para tener derecho a las prestaciones por desempleo, los trabajadores deben estar inscritos en el INEM y haber cotizado durante un mínimo de 360 días en los últimos 5 años. Asimismo, deben acreditar que han perdido su empleo involuntariamente, es decir, que han sido despedidos o han finalizado su contrato por causas ajenas a su voluntad.
¿Cuánto paga el Fondo de Garantía Salarial?
El Fondo de Garantía Salarial cubre el 75% de la pérdida de salarios de los trabajadores por despido improcedente, despido colectivo o enfermedad prolongada. Para cobrar el Fondo de Garantía Salarial, es necesario haber cotizado durante al menos 12 meses, y no se puede estar cobrando el subsidio por desempleo. El importe máximo a cobrar es de 1.600 euros al mes, y el plazo máximo es de 24 meses.
Para solicitar el Fondo de Garantía Salarial, hay que presentar una solicitud en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y adjuntar la documentación necesaria. Una vez presentada la solicitud, se realizará una entrevista personal para comprobar los datos y revisar la documentación. Si todo está correcto, se emitirá una resolución en la que se especificará el importe a percibir y el plazo máximo.
En algunos casos, el Fondo de Garantía Salarial no cubre el 100% de la pérdida de salarios. Por ejemplo, si el trabajador no cumple los requisitos para cobrar el subsidio por desempleo, solo cobrará el 75% de sus salarios. También hay límites de ingresos para acceder al Fondo de Garantía Salarial. Si el trabajador tiene otros ingresos, solo se le abonará el 75% de la diferencia entre sus salarios y esos otros ingresos.
¿Cuánto paga FOGASA en 2022?
La Ley de Garantía Salarial (LGS) es una prestación que se otorga a los trabajadores para cubrir una parte de su salario en caso de que la empresa en la que trabajan cese su actividad o tenga problemas para pagarles. FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial, el organismo que se encarga de gestionar esta prestación. La prestación se paga por cada día de trabajo no retribuido, y el importe máximo por trabajador es de 2.727,20 euros.
Para cobrar la prestación, el trabajador debe estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y haber trabajado al menos 15 días en la empresa en los últimos seis meses. También debe estar en situación de desempleo, es decir, que no esté cobrando otra prestación por desempleo o que no esté trabajando.
Para solicitar la prestación, el trabajador debe presentar una instancia en la oficina de FOGASA más cercana a su domicilio. La solicitud se puede presentar de forma telemática a través del portal web de FOGASA. Una vez presentada la solicitud, FOGASA se pondrá en contacto con el trabajador para informarle de la decisión sobre su solicitud.
La prestación se paga por cada día de trabajo no retribuido, y el importe máximo por trabajador es de 2.727,20 euros. La prestación se paga hasta un máximo de 60 días, y el pago se realiza a través de la Tarjeta de Pago FOGASA. La tarjeta se activa una vez que se haya tramitado la solicitud y se entrega al trabajador en la oficina de FOGASA más cercana a su domicilio.
¿Buscas trabajo?
¿Quieres encontrar trabajo?
¿Quieres encontrar trabajo?