¿Qué pasa si estoy de baja y no tengo 180 días cotizados?
Si estás de baja médica y no tienes los 180 días cotizados, no podrás acceder a la prestación por incapacidad temporal. No obstante, si la baja es por maternidad o paternidad, el padre o la madre podrá cobrar el 100% de la base reguladora durante los primeros seis meses, y el 75% en el resto de la baja, siempre y cuando la duración de la misma no exceda de los nueve meses. En el caso de que la baja sea por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador podrá acogerse al subsidio por desempleo si cumple los requisitos que se establecen en la normativa vigente.
Para cobrar el subsidio por desempleo, el trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), haber cotizado durante un período mínimo de 12 meses en los últimos 18 meses, y no superar un determinado límite de rentas. No obstante, a partir del 1 de julio de 2013, se establece un período mínimo de cotización de 360 días en los últimos cinco años para acceder al subsidio.
Otra opción que tiene el trabajador en este caso es acogerse a la prestación por desempleo contributiva, que se otorga cuando se cumple el período mínimo de cotización establecido (360 días en los últimos cinco años), y se está inscrito como demandante de empleo en el SEPE. La prestación contributiva tiene una duración máxima de 24 meses, y su importe es del 60% de la base reguladora, siendo necesario que el trabajador perciba una renta mensual igual o inferior al 70% de dicha base para acceder a ella.
¿Cuánto tiempo hay que cotizar para cobrar la baja por enfermedad?
Para cobrar la baja por enfermedad es necesario haber cotizado un mínimo de 180 días. No obstante, el tiempo máximo de prestación es de 365 días, aunque este período se puede prorrogar en algunos casos. Para cobrar la baja por enfermedad es necesario haber cotizado un mínimo de 180 días. No obstante, el tiempo máximo de prestación es de 365 días, aunque este período se puede prorrogar en algunos casos.
¿Cuando estás de baja no cotizas?
Seguro que te has hecho esta pregunta en más de una ocasión. ¿Estás de baja por enfermedad y no sabes si cotizas? A continuación, te resolvemos esta y otras dudas.
¿Cotizas si estás de baja?
La respuesta a esta pregunta es afirmativa. Aunque estés de baja, cotizas. En concreto, cotizan todos los días en los que te hubiera tocado trabajar si no estuvieras de baja. La base de cotización en estos casos es la misma que si realmente estuvieras trabajando. Es decir, se cotiza sobre la base imponible del IRPF.
¿Qué pasa si no cotizo los días en los que estoy de baja?
Si no cotizas los días en los que estás de baja, aunque sólo sea uno, puedes tener problemas a la hora de cobrar la prestación por desempleo. Si te das de alta en el paro y no has cotizado los días en los que estabas de baja, la prestación se te denegará. Es importante, por tanto, que cotices los días en los que estás de baja por enfermedad, accidente o maternidad/paternidad.
¿Cómo se cotiza si estoy de baja?
Si estás de baja, lo más probable es que estés cobrando una prestación por enfermedad del INSS. Esta prestación se denomina prestación por incapacidad temporal. Al cobrar esta prestación, cotizas de forma automática. Para ello, el INSS se hace cargo de las cotizaciones y se las envía directamente a la Seguridad Social.
¿Qué pasa si no cobro nada por estar de baja?
Si no cobras nada por estar de baja, puedes solicitar que se te haga cargo del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. En este caso, debes acreditar que estás de baja y no cobras ninguna prestación. Para ello, puedes presentar el alta en el Registro Civil de Enfermos y Accidentados.
¿Qué pasa si estoy de baja y cotizo a una mutualidad?
En el caso de que estés de baja y cotices a una mutualidad, debes saber que, si no cotizas los días en los que estás de baja, puedes perder tu derecho a la prestación por enfermedad. Por tanto, es importante que, si estás de baja, cotices a tu mutualidad.
¿Qué es la carencia en un parte de baja?
La carencia en un parte de baja es un período de tiempo que se debe esperar antes de que un seguro de salud cubra una enfermedad o lesión. Esto se hace para evitar que la gente abusa del sistema de seguros de salud, lo que aumentaría el costo de los seguros para todos.
¿Qué es el periodo de carencia y cuánto se exige para tener derecho a la prestación por incapacidad temporal?
La incapacidad temporal es una prestación que se paga a los trabajadores en el caso de que no puedan realizar su actividad laboral debido a una enfermedad o accidente. Se trata de una prestación contributiva, es decir, que para tener derecho a ella es necesario que el trabajador esté dado de alta en la Seguridad Social y haya cotizado un número mínimo de días.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el número mínimo de días cotizados es de 360, mientras que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena el número mínimo es de 180.
Además, para tener derecho a la prestación por incapacidad temporal se exige un periodo de carencia, que es el tiempo que debe transcurrir desde que se da de alta en la Seguridad Social hasta que se produce la enfermedad o accidente. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el periodo de carencia es de 360 días, mientras que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena el periodo de carencia es de 180 días.
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