¿Qué significa pensión con cónyuge a cargo?
La pensión con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de vejez con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de viudez con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de Orfandad con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de invalidez con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de sobrevivientes con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de incapacidad con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
La pensión de jubilación con cónyuge a cargo se otorga a los afiliados al Régimen de Seguridad Social en el Mercado de Trabajo (Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS), que coticen como trabajadores por cuenta propia o por cuenta ajena, y tengan a su esposo/a o compañero/a permanente económicamente dependiente, sin importar que esté afiliado o no al sistema.
¿Cuánto cobra un jubilado con cónyuge a cargo?
¿Cuánto cobra un jubilado con cónyuge a cargo? En España, los jubilados con cónyuge a cargo perciben, de media, una pensión mensual de 1.107 euros. Este importe representa un 5,6% más que en el año anterior y un 17,4% más que en 2013, según datos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
En el caso de los jubilados sin cónyuge a cargo, la pensión media es de 913 euros mensuales, un 4,3% más que en el año anterior y un 15,7% más que en 2013.
La pensión media de los jubilados con cónyuge a cargo es, por tanto, 194 euros más alta que la de los jubilados sin cónyuge a cargo. Esta diferencia se explica, en parte, porque las mujeres suelen tener una antigüedad contributiva inferior a la de los hombres, y porque tienen derecho a percibir una pensión por maternidad.
En cuanto al número de jubilados con cónyuge a cargo, en España hay 1.112.487, de los cuales 1.026.023 son hombres y 86.464 son mujeres. Esto representa un 7,8% del total de jubilados, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
¿Qué quiere decir pensión con cónyuge a cargo?
Pensión con cónyuge a cargo significa que, al fallecer una persona, su cónyuge recibirá una pensión del seguro de vida del fallecido. Esto se aplica a los cónyuges que están casados o en unión civil, y que tienen 60 años de edad o más. Si el fallecido era el principal contribuyente al seguro de vida, la pensión se pagará al cónyuge sobreviviente hasta que fallezca.¿Cuál es la pensión minima de jubilación sin cónyuge a cargo?
La pensión mínima de jubilación sin cónyuge a cargo es de 861,36 euros al mes. Esta pensión se puede cobrar a partir de los 65 años de edad, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Para poder cobrarla, es necesario que la persona haya cotizado durante un mínimo de 15 años al sistema de Seguridad Social. También se debe tener en cuenta que la pensión mínima no será igual para todas las personas, sino que se calcula en función de los años de cotización y de la base reguladora. La base reguladora es el importe máximo que se puede cobrar como pensión mínima, y se calcula en función de los salarios percibidos durante los últimos años de trabajo.
Por lo tanto, para saber cuál será la pensión mínima de jubilación sin cónyuge a cargo, es necesario calcular la base reguladora. Esto se puede hacer de forma sencilla utilizando una calculadora de pensiones disponible online. Una vez que se tiene la base reguladora, se puede calcular la pensión mínima de jubilación multiplicando esta cantidad por el número de años de cotización. Por ejemplo, si la base reguladora es de 1.000 euros y la persona ha cotizado durante 20 años, la pensión mínima de jubilación será de 20.000 euros. Si la persona no cumple con los requisitos para cobrar la pensión mínima, no podrá acceder a ella.
¿Quién puede pedir el complemento de pensión?
Si alcanzas la edad de jubilación y tu pensión es insuficiente para mantener tu nivel de vida, puedes solicitar el complemento de pensión. También podrás hacerlo si eres viudo o viuda, o si tienes algún grado de incapacidad.
Para poder solicitar el complemento de pensión, debes cumplir unos requisitos de residencia y de renta. En concreto, debes:
- Residir en España.
- No tener rentas superiores a un determinado importe anual, que actualmente es de 8.354,6 euros.
Si tienes rentas por encima de este límite, no podrás obtener el complemento de pensión, aunque sí podrás solicitar otras prestaciones sociales, como la ayuda por hijo a cargo.
Si cumples los requisitos de residencia y de renta, para solicitar el complemento de pensión deberás acreditar que tu pensión es insuficiente para mantener tu nivel de vida. Para ello, deberás presentar una declaración de la renta o, si no tienes que presentarla, un certificado de la Agencia Tributaria.
El importe del complemento de pensión se calcula en función de la diferencia entre la renta que percibes y el límite que establece la ley, actualmente fijado en 8.354,6 euros anuales.
Si estás en esta situación y cumples los requisitos, solicita el complemento de pensión en la oficina de tu Seguridad Social.
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