¿Cómo se finaliza un fijo discontinuo?
El trabajo a tiempo parcial se rige por una serie de normas, entre ellas, la posibilidad de terminar el contrato de forma unilateral por parte del trabajador, siempre y cuando se respeten unos plazos y se comunique por escrito con antelación. Para dar por terminado el contrato de trabajo a tiempo parcial, el trabajador deberá comunicarlo por escrito con una antelación mínima de 15 días naturales respecto a la fecha en que desee que surta efecto la terminación. No obstante, este plazo podrá ser ampliado o reducido mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador. La comunicación deberá ser por escrito y deberá hacerse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Contrato de Trabajo (por ejemplo, por burofax o por correo electrónico). En el caso de que el contrato de trabajo a tiempo parcial se haya formalizado mediante convenio colectivo, la terminación del mismo será regulada por lo establecido en dicho convenio.
¿Cómo se finaliza un contrato fijo discontinuo?
Un contrato fijo discontinuo puede finalizar de varias maneras:
1. Por voluntad del trabajador: El trabajador puede dar por terminado el contrato en cualquier momento, con un preaviso mínimo de 15 días. Para hacerlo, debe enviar una carta certificada con acuse de recibo al empleador, en la que se especifique la fecha de terminación del contrato. Si el trabajador no cumple con este preaviso, deberá abonar a la empresa una indemnización equivalente a 15 días de salario.
2. Por voluntad del empleador: El empleador también puede dar por terminado el contrato en cualquier momento, con un preaviso mínimo de 15 días. Para hacerlo, debe enviar una carta certificada con acuse de recibo al trabajador, en la que se especifique la fecha de terminación del contrato. Si el empleador no cumple con este preaviso, deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a 15 días de salario.
3. Por incumplimiento del contrato: El contrato también puede finalizar por incumplimiento de sus cláusulas. En este caso, el empleador debe notificar al trabajador el incumplimiento y el trabajador tiene 5 días para regularizar su situación. Si el trabajador no regulariza su situación en el plazo establecido, el empleador podrá dar por terminado el contrato de forma inmediata.
¿Cuánto tiempo puede estar un fijo discontinuo sin trabajar?
Los trabajadores fijos discontinuos tienen derecho a una indemnización por despido improcedente si son despedidos sin causa justificada. La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si el trabajador lleva menos de un año en la empresa, la indemnización será proporcional al tiempo trabajado.
Los trabajadores fijos discontinuos también tienen derecho a una indemnización por despido improcedente si son despedidos sin causa justificada. La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si el trabajador lleva menos de un año en la empresa, la indemnización será proporcional al tiempo trabajado.
No obstante, si el despido se produce por causas objetivas, el trabajador no tendrá derecho a indemnización. Las causas objetivas de despido son aquellas que señala la legislación como tales, como pueden ser la extinción del contrato por finalización de la obra o servicio para el que fue contratado el trabajador, o el incumplimiento por parte del trabajador de las obligaciones que le corresponden en virtud del contrato de trabajo.
¿Qué indemnización le corresponde a un fijo discontinuo?
Los trabajadores fijos discontinuos son aquellos que prestan sus servicios en jornadas no superiores a cinco días consecutivos. En estos casos, el cálculo de la indemnización será en función del número de días que haya trabajado el trabajador en el mes en que se produzca el despido. Si el trabajador no ha superado la jornada mensual, la indemnización será de 33 días de salario por año de servicio. Si, por el contrario, sí que ha superado esa jornada mensual, la indemnización será de 45 días de salario por año de servicio.
Por otro lado, en el supuesto de que el despido se produzca antes de que el trabajador haya completado un año de servicio, la indemnización será de 12 días de salario por mes trabajado, con un máximo de 12 meses.
En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial, la indemnización también se calcula en función del número de días que haya trabajado el trabajador en el mes en que se produzca el despido. Si el trabajador no ha superado la jornada mensual, la indemnización será de 12 días de salario por año de servicio. Si, por el contrario, sí que ha superado esa jornada mensual, la indemnización será de 18 días de salario por año de servicio.
En el supuesto de que el despido se produzca antes de que el trabajador haya completado un año de servicio, la indemnización será de 4 días de salario por mes trabajado, con un máximo de 12 meses.
¿Cuando eres fijo discontinuo tiene derecho a paro?
¿Cuándo tienes derecho a cobrar el subsidio por desempleo? En España, el subsidio por desempleo se otorga a los trabajadores desempleados que reúnen una serie de requisitos, entre ellos, estar inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y no estar cobrando otra prestación por desempleo ni tener una pensión contributiva.
Para cobrar el subsidio, el trabajador deberá acreditar que ha perdido su empleo de forma involuntaria y que ha estado cotizando al menos 12 meses en los últimos 18 meses.
¿Qué sucede si eres fijo discontinuo? Los trabajadores fijos discontinuos son aquellos que prestan sus servicios en períodos determinados del año, debido a la naturaleza de su actividad.
En el caso de los trabajadores fijos discontinuos, a efectos de cotización, se considerarán como años cotizados los períodos en los que hayan estado en activo y cotizando. Es decir, si un trabajador fijo discontinuo ha estado cotizando durante 12 meses en los últimos 18 meses, podrá acceder al subsidio por desempleo.
No obstante, hay que tener en cuenta que, para cobrar el subsidio, el trabajador deberá estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.
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