¿Cuándo hay que renovar la excedencia?
La excedencia es una situación en la que un trabajador deja de prestar sus servicios en la empresa para atender a una necesidad personal, sin que ello suponga extinción de la relación laboral. En España, según el Estatuto de los Trabajadores, el trabajador tiene derecho a una excedencia por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, cuidado de hijos en situación de discapacidad o cuidado de familiares en situación de dependencia. Asimismo, también se puede solicitar una excedencia por estudios o para combinar la vida laboral y familiar. En todos estos casos, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo al término de la excedencia. No obstante, el trabajador debe solicitar la reincorporación con un mes de antelación a la fecha en la que desea reanudar su actividad en la empresa. Si el trabajador no solicita la reincorporación en el plazo establecido, se entenderá que renuncia a su puesto de trabajo y, por tanto, extinguirá su relación laboral.
¿Cómo se renueva una excedencia?
La excedencia es una situación en la que un trabajador deja de prestar servicios en la empresa para atender a unos intereses particulares. Algunos de los motivos más habituales para solicitar una excedencia son el cuidado de hijos, el cuidado de familiares o estudios. La duración máxima de una excedencia es de 5 años. Una vez transcurrido este periodo, el trabajador puede solicitar la renovación de la excedencia por el mismo motivo y por un periodo igual o inferior al inicialmente solicitado. Para ello, debe presentar la solicitud con al menos 15 días de antelación a la fecha en que finaliza la excedencia. En el caso de que el trabajador desee cambiar el motivo de la excedencia, deberá solicitar una nueva excedencia.¿Cuántas veces se puede renovar una excedencia?
Una excedencia es un permiso retribuido que se puede solicitar por motivos personales o familiares. En España, según el Real Decreto-ley 3/2012, se puede solicitar una excedencia por un máximo de tres años, prorrogable por un año más, siempre y cuando se mantenga el empleo y la relación laboral.
Los permisos retribuidos son un derecho de los trabajadores y no requieren de justificación. No obstante, el artículo 47.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que el permiso por excedencia no será compatible con el disfrute de otros permisos retribuidos, como el permiso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
La excedencia voluntaria es aquella que se solicita por motivos personales, mientras que la excedencia forzosa es aquella que se solicita por motivos familiares.
En el caso de la excedencia voluntaria, el trabajador puede solicitarla una vez cada cinco años, siempre y cuando la suma de los periodos de excedencia no supere los tres años.
En el caso de la excedencia forzosa, el trabajador puede solicitarla por un máximo de dos años, prorrogable por un año más. No obstante, si el trabajador tiene un hijo con discapacidad, la excedencia forzosa podrá ser por un máximo de cinco años, prorrogable por otros cinco.
La excedencia es un derecho reconocido por la Ley y, por tanto, el trabajador tiene derecho a solicitarla en cualquier momento. No obstante, el empresario tiene derecho a denegarla si el trabajador no cumple con los requisitos establecidos en la Ley o si el permiso solicitado afecta de forma negativa a la empresa.
¿Qué hacer cuando se acaba la excedencia?
Excedencia por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento: una posibilidad de compatibilizar la vida laboral y familiar. Hasta ahora, la mayoría de las mujeres y los hombres que ejercían esta opción, al finalizar el periodo de excedencia, podían volver a la misma empresa y al mismo puesto de trabajo. Sin embargo, en virtud de la reforma laboral, que entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2012, las cosas cambian.
La nueva normativa establece que, al finalizar el periodo de excedencia, el trabajador tendrá derecho a ocupar el mismo puesto de trabajo, siempre y cuando no hayan transcurrido más de tres años desde que lo solicitó. Si han pasado más de tres años, el trabajador tendrá derecho a ocupar un puesto de trabajo de igual o similar categoría profesional, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde que lo solicitó.
Asimismo, la reforma laboral establece que, si al finalizar el periodo de excedencia el trabajador no puede ocupar el mismo puesto de trabajo o uno de igual o similar categoría profesional, tendrá derecho a ser colocado en un puesto de trabajo de menor categoría profesional, siempre y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde que lo solicitó.
En todos los casos, el trabajador tendrá derecho a ser asignado a un puesto de trabajo que se encuentre en la misma provincia o en una provincia limítrofe.
Si al finalizar el periodo de excedencia el trabajador no puede ocupar ninguno de los puestos de trabajo a los que tiene derecho, la empresa podrá darle de baja y, en este caso, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización de 20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.
¿Cuándo se puede pedir una segunda excedencia?
La excedencia es un derecho reconocido por la Ley, que consiste en suspender la relación laboral durante un periodo de tiempo. En España, el Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a solicitar una excedencia por motivos personales o por cuidado de familiares.
En el caso de que un trabajador quiera volver a la empresa después de haber estado en excedencia, debe notificar a la empresa con antelación. La empresa tiene que readmitir al trabajador en el puesto que ocupaba antes de la excedencia, o en otro puesto de trabajo equivalente.
Si el trabajador quiere volver a la empresa después de haber estado en excedencia, debe notificar a la empresa con antelación. La empresa tiene que readmitir al trabajador en el puesto que ocupaba antes de la excedencia, o en otro puesto de trabajo equivalente.
En el caso de que un trabajador quiera solicitar una segunda excedencia, debe tener en cuenta que sólo se puede hacer si se cumplen ciertas condiciones. En primer lugar, el trabajador debe haber vuelto a la empresa después de una excedencia anterior, y en segundo lugar, debe haber cumplido con el periodo de contrato establecido en el momento de readmisión.
Por lo tanto, si un trabajador cumple con estas dos condiciones, podrá solicitar una segunda excedencia. No obstante, la empresa tiene el derecho de denegar la solicitud si considera que el trabajador no tiene un motivo justificado para ello.
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