¿Cuándo se puede jubilar un parado de larga duracion?

¿Cuándo se puede jubilar un parado de larga duracion?

¿Cuándo se puede jubilar un parado de larga duracion? Según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el importe mensual de la pensión de jubilación para una persona sola es de 861,68 euros, mientras que para una persona con cónyuge es de 1.109,48 euros. La pensión mínima interprofessional es de 861,68 euros.

Para acceder a la pensión de jubilación, el trabajador debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad.
  • Estar inscrito en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Acreditar, como mínimo, 40 años de cotización.
  • No estar en activo, es decir, no estar trabajando ni percibiendo una prestación por desempleo.

No obstante, existen ciertas situaciones en las que se puede acceder a la pensión de jubilación con menos de 65 años de edad. Estos casos son los siguientes:

  • Trabajadores que hayan cotizado durante 35 años y que tengan una edad comprendida entre los 62 y los 65 años.
  • Trabajadores con una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Trabajadores que hayan cotizado durante al menos 30 años y que tengan una edad comprendida entre los 60 y los 65 años.

Por otro lado, para los trabajadores que hayan cotizado durante al menos 25 años y que tengan una edad comprendida entre los 58 y los 65 años, el importe de la pensión se verá reducido en un 5% por cada año que falte para cumplir los 65 años.

En el caso de los trabajadores que coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el importe de la pensión de jubilación será de 861,68 euros para aquellos que hayan cotizado durante al menos 25 años y tengan una edad comprendida entre los 58 y los 65 años. Si el trabajador cotiza en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y tiene una edad comprendida entre los 60 y los 65 años, el importe de la pensión será de 1.109,48 euros.

¿Cuándo se considera que una persona es un parado de larga duración?

Según la Directiva 98/50/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de indemnización por despido improcedente, una persona es considerada como desempleada de larga duración si reúne los siguientes requisitos:

  • Ha estado inscrita como demandante de empleo durante, al menos, 12 meses consecutivos, en el Estado miembro de que se trate; y
  • Tiene, al menos, 45 años de edad; y
  • Cumple los requisitos, si los hubiera, para percibir una pensión de jubilación a tiempo completo en el Estado miembro de que se trate.

En virtud de la Directiva 2012/34/UE del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se modifica la Directiva 98/50/CE en lo que respecta a la inclusión de personas desempleadas de larga duración, esta definición se amplía para incluir a las personas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo durante, al menos, 12 meses consecutivos, en cualquiera de los Estados miembros, independientemente de su edad.

La Directiva 2012/34/UE entró en vigor el 1 de julio de 2014.

¿Qué hacer si te quedas en paro a partir de los 50 años?

Desafortunadamente, con la crisis económica que estamos atravesando, cada vez son más los trabajadores mayores de cincuenta años que se quedan sin empleo. Esto puede suponer un gran problema, ya que las empresas cada vez valoran más la juventud y la flexibilidad.

Si te has quedado sin trabajo a partir de los cincuenta años, lo primero que debes hacer es mantener la calma. No te desesperes, piensa que aún eres una persona valiosa y que puedes encontrar un nuevo empleo.

Aunque parezca difícil, debes mantener una actitud positiva. Una de las mejores maneras de conseguirlo es hacer ejercicio. El ejercicio te ayudará a mantener la mente sana y a reducir el estrés.

Otra cosa que puedes hacer es apuntarte a cursos de formación. Aunque no te sirvan para conseguir un empleo, te ayudarán a mantenerte activo y te harán sentir mejor.

Por último, no te olvides de mantener el contacto con tus amigos y familiares. Ellos te ayudarán a superar este difícil momento.

¿Qué pasa con el paro si me jubilo?

La jubilación es un derecho adquirido por todos los trabajadores que, una vez cumplidos los requisitos legales, les permite dejar de trabajar y disfrutar de una pensión mensual. Sin embargo, la jubilación no exonera de todos los compromisos, y uno de ellos es el de mantener la inscripción en el paro.

La jubilación no es una causa justificada para dejar de estar inscrito en el paro, por lo que el trabajador debe seguir inscribiéndose periódicamente en la oficina de empleo, de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral. En el caso de que el jubilado deje de estar inscrito en el paro, perderá el derecho a percibir la prestación por desempleo en el caso de que vuelva a quedarse sin trabajo.

Por tanto, si el trabajador cumple los requisitos para jubilarse, debe seguir inscribiéndose en el paro y, si consigue un nuevo empleo, dejará de percibir la pensión de jubilación y pasará a cobrar el salario del nuevo trabajo. En cualquier caso, es importante informar a la oficina de empleo de los cambios que se produzcan en la situación laboral.

¿Cómo solicitar la jubilación estando en el paro?

La jubilación es un derecho de todos los trabajadores, independientemente de su situación laboral. Si estás en el paro, puedes solicitar la jubilación de forma anticipada a partir de los 60 años de edad. Sin embargo, en algunos casos podrás hacerlo a partir de los 55 años.

Para solicitar la jubilación, deberás acudir a la oficina de Seguridad Social más cercana. Allí, deberás presentar los siguientes documentos:

  • DNI o Tarjeta de Identidad
  • Certificado de empadronamiento
  • Documentación acreditativa de tu situación laboral (contrato de trabajo, carta de despido, etc.)

Una vez que hayas presentado todos los documentos, la Seguridad Social se encargará de tramitar tu solicitud y te informará de los pasos a seguir.

En algunos casos, la Seguridad Social podrá denegar tu solicitud de jubilación. Esto sucederá si no cumples con los requisitos establecidos por la ley, por ejemplo, si no tienes suficientes años de cotización o si tu edad no es la adecuada.

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