¿Cuando te pueden revisar una incapacidad absoluta?
Si estás cobrando una prestación por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, cada cuatro años se realizará una revisión para comprobar si sigues cumpliendo los requisitos para continuar percibiéndola.La revisión es voluntaria, pero si no te presentas a ella, se te suspenderá el cobro de la prestación. Si no estás de acuerdo con el dictamen de revisión, puedes presentar un recurso de reposición dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. La revisión médica se realizará en un centro especializado de la Seguridad Social, donde te someterán a una serie de pruebas y te harán una valoración global de tu estado de salud. En función del dictamen médico, se decidirá si se mantiene, modifica o se cancela la calificación de tu incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
¿Cuando te revisan la incapacidad permanente absoluta?
La incapacidad permanente absoluta es una prestación a la que tienen derecho aquellos trabajadores que, como consecuencia de un accidente o enfermedad, se hayan visto imposibilitados para realizar cualquier actividad laboral. Se trata de una prestación vitalicia, es decir, que se otorga de forma permanente y no caduca como ocurre, por ejemplo, con la prestación por desempleo.
La incapacidad permanente absoluta se reconoce mediante un informe médico que valora si el trabajador puede o no reincorporarse a su actividad laboral. En el caso de que la incapacidad sea temporal, se otorgará una prestación por incapacidad temporal. Si, por el contrario, la incapacidad es permanente, se reconocerá la prestación de incapacidad permanente absoluta.
Para que se otorgue la prestación de incapacidad permanente absoluta es necesario que el trabajador haya cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 5 años. No obstante, en algunos casos es posible obtenerla con una base mínima de cotización de 180 días en los últimos 5 años, como ocurre si la causa de la incapacidad permanente absoluta es una enfermedad profesional o un accidente de trabajo.
La incapacidad permanente absoluta conlleva el derecho a percibir una renta mensual que será calculada en función de los salarios percibidos en los últimos meses de actividad laboral. No obstante, el importe mensual de la prestación no podrá superar los 1.700 euros ni ser inferior a los 60 euros.
La prestación por incapacidad permanente absoluta se renueva de forma anual. Aunque en principio es una prestación vitalicia, el hecho de que se renueve anualmente permite que, en función de la evolución de la salud del beneficiario, pueda variar el importe de la prestación o incluso que se deje de percibir. No obstante, es importante señalar que, una vez que se reconoce una incapacidad permanente absoluta, el beneficiario tendrá derecho a la prestación hasta que fallezca, aunque su estado de salud mejore con el paso del tiempo.
¿Cuándo se puede revisar el grado de discapacidad?
El grado de discapacidad puede ser revisado de oficio por la administración, a petición del interesado o a instancia de parte. La revisión de oficio se realizará cuando existan indicios de que la situación del discapacitado ha cambiado de forma sustancial.
La petición de revisión del grado de discapacidad deberá dirigirse al órgano competente para la concesión del grado de discapacidad y se realizará mediante instancia en la que se especificarán los motivos en los que se funda la solicitud de revisión.
La instancia de parte se realizará cuando exista una modificación sustancial de las circunstancias que sirvieron de base para la concesión del grado de discapacidad, tales como el cese de la situación de dependencia, la mejoría del estado de salud del discapacitado o el cambio de su residencia habitual a otro municipio.
¿Qué beneficios tiene una persona con incapacidad permanente absoluta?
Un beneficio de las personas con incapacidad permanente absoluta es que pueden beneficiarse de una serie de ayudas y subvenciones, tanto económicas como de otro tipo, que les permitan llevar una vida más digna y con más calidad de vida. Estas ayudas pueden ser de carácter público o privado.
Así, por ejemplo, en lo que respecta a la renta, las personas con incapacidad permanente absoluta tienen derecho a percibir una pensión no contributiva por parte del Estado. Se trata de una prestación mensual que se otorga de forma vitalicia y que tiene como finalidad atender a las necesidades básicas de estas personas.
Además, las personas con incapacidad permanente absoluta también pueden beneficiarse de una renta mínima de inserción, también conocida como renta activa de inserción. Se trata de una prestación mensual que se otorga por un tiempo determinado y que tiene como objetivo facilitar la inserción laboral de estas personas. Para poder acceder a esta ayuda, es necesario que la persona cumpla unos requisitos, como, por ejemplo, que esté inscrita como demandante de empleo.
En lo que respecta a la vivienda, las personas con incapacidad permanente absoluta tienen derecho a acceder a una ayuda para la adquisición de vivienda. Se trata de una subvención que se otorga por un tiempo determinado y que tiene como objetivo facilitar la adquisición de vivienda a estas personas. Para poder acceder a esta ayuda, es necesario que la persona cumpla unos requisitos, como, por ejemplo, que esté inscrita como demandante de empleo.
Asimismo, las personas con incapacidad permanente absoluta también tienen derecho a acceder a una ayuda para el alquiler de vivienda. Se trata de una subvención que se otorga por un tiempo determinado y que tiene como objetivo facilitar el alquiler de vivienda a estas personas. Para poder acceder a esta ayuda, es necesario que la persona cumpla unos requisitos, como, por ejemplo, que esté inscrita como demandante de empleo.
En lo que respecta a la formación, las personas con incapacidad permanente absoluta tienen derecho a acceder a una ayuda para la formación. Se trata de una subvención que se otorga por un tiempo determinado y que tiene como objetivo facilitar la formación a estas personas. Para poder acceder a esta ayuda, es necesario que la persona cumpla unos requisitos, como, por ejemplo, que esté inscrita como demandante de empleo.
En lo que respecta a la movilidad, las personas con incapacidad permanente absoluta tienen derecho a acceder a una ayuda para la movilidad. Se trata de una subvención que se otorga por un tiempo determinado y que tiene como objetivo facilitar la movilidad de estas personas. Para poder acceder a esta ayuda, es necesario que la persona cumpla unos requisitos, como, por ejemplo, que esté inscrita como demandante de empleo.
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