¿Qué pasa con los contratos de obra y servicio con la nueva reforma laboral?
La nueva reforma laboral afecta a los contratos de obra y servicio. A partir de ahora, se considerarán como contratos de trabajo a todos los efectos. Esto quiere decir que, en principio, todos los trabajadores tendrán los mismos derechos, independientemente del tipo de contrato que tengan. No obstante, hay algunas excepciones en relación con los contratos de obra y servicio:
- En lo que respecta a la duración del contrato, se podrá establecer un plazo concreto o una duración determinada.
- En lo que respecta a la remuneración, se podrá establecer un salario por unidad de tiempo o por obra/servicio realizado.
- En lo que respecta a las vacaciones, se podrán acumular y disfrutar en función de las necesidades del trabajador.
- En lo que respecta al régimen de jornada, se podrá establecer un horario flexible en función de las necesidades del trabajador.
No obstante, hay que tener en cuenta que, en algunos casos, los contratos de obra y servicio podrán seguir siendo contratos de trabajo a todos los efectos. Esto será posible en aquellos casos en los que se cumplan los siguientes requisitos:
- El contrato de obra o servicio tenga por objeto la realización de una obra o servicio preciso y determinado.
- El contrato de obra o servicio se celebre por escrito y de forma individually.
- El contrato de obra o servicio se celebre entre una persona física o jurídica y una persona trabajadora por cuenta ajena.
- El contrato de obra o servicio se celebre con una persona trabajadora que no esté sometida a un régimen especial de contratación.
¿Qué contratos se pueden hacer con la nueva reforma laboral?
La nueva reforma laboral permite que se puedan hacer contratos de trabajo a tiempo parcial, contratos de formación inicial y contratos de formación profesional. En estos contratos, el trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, vacaciones pagadas y seguro médico. El contrato de trabajo a tiempo parcial será por un mínimo de 8 horas semanales y un máximo de 32 horas. El contrato de formación inicial será por un mínimo de 6 meses y un máximo de 3 años, y el contrato de formación profesional será por un mínimo de 1 año y un máximo de 3 años.¿Qué pasa con los contratos de obra en vigor?
Los contratos de obra en vigor, también conocidos como contratos de ejecución de obra, son un tipo de contrato que se celebra entre una empresa y un cliente para la realización de una obra concreta. En este tipo de contrato, se establecen una serie de obligaciones y derechos para cada una de las partes, así como un plazo de ejecución de la obra.
Los contratos de obra en vigor suelen ser utilizados en el sector de la construcción, aunque también pueden aplicarse a otros sectores. En el sector de la construcción, estos contratos suelen ser utilizados para la realización de obras de reforma, construcción o rehabilitación.
En el caso de los contratos de obra en vigor, una de las principales obligaciones de la empresa es la de realizar la obra en el plazo establecido y de acuerdo con las especificaciones técnicas acordadas. Asimismo, la empresa debe asegurarse de que la obra cumple con todas las normas y regulaciones vigentes.
Por otro lado, el cliente tiene la obligación de abonar el precio de la obra conforme a lo establecido en el contrato. En algunos casos, el pago se realiza a plazos y de acuerdo con un cronograma de pagos.
En el caso de que la empresa no cumpla con sus obligaciones, el cliente puede solicitar la resolución del contrato. En este caso, el cliente debe solicitar la resolución del contrato por escrito y de forma motivada.
En el caso de que el cliente no cumpla con sus obligaciones, la empresa puede suspender la ejecución de la obra hasta que se regularice la situación. Asimismo, la empresa puede exigir el pago de los daños y perjuicios ocasionados.
En el caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, cualquiera de ellas puede acudir a los tribunales para que se dictamine sobre el contrato.
¿Cuántos contratos temporales se pueden hacer antes del indefinido 2022?
En España, el número de contratos temporales que se pueden hacer antes de pasar a un contrato indefinido es de tres. Esto quiere decir que, si un trabajador firma un contrato temporal de un año y, una vez finalizado, firma otro contrato temporal de seis meses, podrá hacer un tercer contrato temporal de, como máximo, tres meses. Una vez superado este límite, el trabajador deberá pasar a un contrato indefinido. La Ley de Contratos del Sector Público establece que, a partir del 1 de enero de 2022, los contratos temporales deberán ir acompañados de una causa justificada. Hasta ahora, el límite de contratos temporales era de cinco, pero se reducirá a tres a partir del próximo año. Las causas justificadas para hacer un contrato temporal serán, por ejemplo, una obra concreta o un proyecto específico que tenga una duración determinada. También se podrán hacer contratos temporales para cubrir un puesto de trabajo vacantes por jubilación, excedencia o baja por enfermedad.¿Buscas trabajo?
¿Quieres encontrar trabajo?
¿Quieres encontrar trabajo?