¿Qué puedo cobrar después del paro?

¿Qué puedo cobrar después del paro?

Después de que se acabe el subsidio por desempleo, todavía se pueden cobrar otros beneficios, como la asignación por hijo a cargo, la renta básica de emancipación, la pensión de invalidez o la ayuda por desempleo de larga duración.

Asignación por hijo a cargo

La asignación por hijo a cargo se puede cobrar hasta que el hijo cumpla 25 años siempre que esté estudiando o realizando una formación profesional. Para cobrar esta prestación, el hijo no puede tener ingresos superiores a los 400 euros al mes.

Renta básica de emancipación

La renta básica de emancipación se puede cobrar hasta los 26 años siempre que el beneficiario esté estudiando o realizando una formación profesional. Para cobrar esta prestación, el estudiante no puede tener ingresos superiores a los 400 euros al mes.

Pensión de invalidez

La pensión de invalidez se puede cobrar a partir de los 65 años si se cumplen los requisitos para acceder a ella.

Ayuda por desempleo de larga duración

La ayuda por desempleo de larga duración se puede cobrar a partir de los 52 años si se cumplen los requisitos para acceder a ella.

¿Qué se necesita para cobrar la ayuda de 420 euros?

La ayuda de 420 euros es una cantidad que se puede cobrar para cubrir gastos relacionados con el alquiler de una vivienda. Para cobrar esta ayuda, se necesita que cumplas unos requisitos mínimos y que tengas un contrato de alquiler en vigor. Además, la ayuda de 420 euros solo se puede cobrar una vez al año y por un máximo de 12 meses.

Para cobrar la ayuda de 420 euros, se necesita que la vivienda tenga una superficie mínima de 35 metros cuadrados y que esté situada en una zona de alquiler asequible. También se necesita que la renta mensual sea inferior a unos límites establecidos y que no se disponga de otros ingresos para poder cubrir los gastos de alquiler. En algunos casos, también se pueden requerir unos ingresos mínimos.

Para solicitar la ayuda de 420 euros, se debe presentar una solicitud en el Ayuntamiento correspondiente. En la solicitud, se deberá adjuntar el contrato de alquiler y una serie de documentos que acrediten los ingresos y los gastos. Una vez presentada la solicitud, se evaluará si se cumplen los requisitos y, en caso de que así sea, se procederá a cobrar la ayuda.

¿Cómo se llama la nueva ayuda del SEPE 2022?

La nueva ayuda del SEPE para el año 2022 se llamará Ayuda para la Formación de Emprendedores (AFE). Dicha ayuda estará disponible para aquellas personas que deseen cursar un Máster Universitario en Emprendimiento y Gestión de Startups.

La ayuda consistirá en una beca de matrícula que cubrirá el 100% del precio de la matrícula. Asimismo, se otorgará una ayuda mensual de 1.000 euros durante el periodo de realización del máster.

Para solicitar la ayuda, será necesario cumplimentar un formulario disponible en la web del SEPE. Dicha solicitud deberá ser acompañada de un CV y un proyecto de emprendimiento.

La selección de los beneficiarios se realizará mediante un tribunal que valorará el potencial del proyecto de emprendimiento presentado.

¿Quién tiene derecho a la ayuda de 426 euros?

La ayuda de 426 euros se puede solicitar a partir del día siguiente al fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, hasta un máximo de 3 meses después. No obstante, en el supuesto de que haya menores a cargo, el derecho a percibir la ayuda se extiende hasta que cumplan 18 años de edad, o hasta los 25 si están estudiando.

Para solicitar la ayuda de 426 euros por fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, el viudo, viuda o pareja sobreviviente deberá acreditar su estado civil y el parentesco con la persona fallecida mediante el certificado de defunción. También será necesario que acredite haber estado empadronado en la misma dirección que la persona fallecida durante al menos un año.

En cuanto a los menores a cargo, será necesario que acrediten su vinculación con el fallecido mediante el certificado de defunción, el acta de nacimiento, o en su defecto, el libro de familia.

La ayuda de 426 euros se ingresa en la cuenta bancaria indicada por el solicitante en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de solicitud.

¿Cómo puedo saber si me pertenece alguna ayuda?

En primer lugar, debe comprobar si cumple los requisitos para recibir una ayuda. Si usted es un trabajador por cuenta propia, por ejemplo, no será elegible para recibir ciertas ayudas. También debe asegurarse de que cumpla con los requisitos de residencia y nacionalidad. Por ejemplo, algunas ayudas solo están disponibles para los ciudadanos de la UE o del EEE. Además, tenga en cuenta que algunas ayudas están destinadas a determinados grupos, como las familias numerosas o las personas con discapacidad.

Una vez que haya comprobado que cumpla los requisitos, debe ponerse en contacto con la entidad que concederá la ayuda para solicitarla. La solicitud debe hacerse por escrito y debe adjuntar todos los documentos necesarios. Si la entidad requiere más información, le pedirá que se la facilite. Si su solicitud es aprobada, recibirá la ayuda en la forma que se indica en la normativa. Si no cumple los requisitos o no solicita la ayuda de la manera correcta, no recibirá ninguna ayuda.

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