¿Qué hacer si te despiden por causas objetivas?
En primer lugar, es importante que sepas que si te despiden por causas objetivas, es decir, por un motivo justificado y que no tenga nada que ver contigo personalmente, entonces no tienes derecho a indemnización. Esto significa que, si te despiden porque la empresa está en quiebra o porque hay un ERE, no podrás cobrar ninguna indemnización. Ahora bien, aunque no tengas derecho a indemnización, sí que tienes derecho a cobrar el paro, siempre y cuando cumplas con los requisitos para ello. Para cobrar el paro, tendrás que acudir a tu oficina de empleo y solicitarlo. Allí, te harán una entrevista y, si cumples con los requisitos, te darán el subsidio. Ten en cuenta que, para cobrar el paro, es importante que hayas estado dado de alta en la Seguridad Social durante, al menos, los últimos 12 meses.
Por tanto, si te despiden por causas objetivas, lo primero que debes hacer es acudir a tu oficina de empleo para solicitar el subsidio por desempleo. Allí te harán una entrevista y, si cumples con los requisitos, podrás cobrar el paro durante un máximo de 24 meses. Si después de ese tiempo todavía no has encontrado trabajo, entonces tendrás que acudir a tu oficina de empleo para solicitar otro subsidio, como por ejemplo, el subsidio de formación o el subsidio de reinserción.
En cualquier caso, si te despiden por causas objetivas, lo primero que debes hacer es acudir a tu oficina de empleo para solicitar el subsidio por desempleo. Allí te harán una entrevista y, si cumples con los requisitos, podrás cobrar el paro durante un máximo de 24 meses. Si después de ese tiempo todavía no has encontrado trabajo, entonces tendrás que acudir a tu oficina de empleo para solicitar otro subsidio, como por ejemplo, el subsidio de formación o el subsidio de reinserción.
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