¿Qué día se suele cobrar el paro?
Para cobrar el subsidio por desempleo, primero debemos acreditar nuestra situación, ya que para poder percibirlo debemos estar inscritos como demandantes de empleo y no tener ninguna prestación por desempleo anterior. Según el Real Decreto XXX XXX XXX, en su artículo 13, el subsidio por desempleo se abona mensualmente.
La fecha de cobro del subsidio será el primer día hábil del mes siguiente al mes en que se haya producido la situación de desempleo. Si la situación de desempleo se produce a finales de mes, el subsidio se abonará el primer día hábil del mes siguiente.
Por lo tanto, en enero se cobrará la prestación de diciembre, en febrero la de enero, en marzo la de febrero... y así sucesivamente.
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