¿Cuando estás de excedencia puedo cobrar paro?
La excedencia voluntaria es una situación en la que el trabajador deja de prestar servicios en la empresa durante un periodo de tiempo, ya sea para cuidar de un familiar, por estudios o por otros motivos. Durante este periodo, el trabajador mantiene su vínculo laboral con la empresa y tiene derecho a cobrar el paro.
Para solicitar el paro durante la excedencia, el trabajador debe cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, debe haber trabajado al menos 12 meses seguidos en la empresa. En segundo lugar, debe haber cotizado el 50% de los días en los que ha estado durante esos 12 meses. Y en tercer lugar, debe solicitar el paro en el plazo de 3 meses después de que se haya iniciado la excedencia.
Si el trabajador cumple todos estos requisitos, podrá cobrar el paro durante la excedencia. El importe que se cobrará será el mismo que se cobraría si el trabajador estuviera en situación de desempleo. En algunos casos, el importe puede ser superior si el trabajador tiene cargas familiares o si ha trabajado en puestos de alta cualificación.
¿Cómo puedo cobrar el paro estando en excedencia?
En España, el subsidio por desempleo se puede cobrar estando en excedencia por cuidado de hijos o familiares, siempre y cuando se cumplan unos requisitos. Para poder cobrar el subsidio por desempleo, se debe haber cotizado como mínimo un año y no haber estado en excedencia por más de tres años. En el caso de las madres, el subsidio se puede cobrar durante un año después de que el hijo cumpla un año de edad, y en el caso de los padres, se puede cobrar hasta que el hijo cumpla tres años. Para los cuidadores de familiares, el subsidio se puede cobrar hasta que el familiar en cuestión cumpla 65 años.¿Cuándo pides una excedencia puedes cobrar el paro?
Si te vas de tu empresa por un tiempo y después quieres volver a trabajar para ellos, puedes pedir una excedencia. Esto significa que te tomás un tiempo libre del trabajo, pero mantenés tu puesto y tu contrato. Puedes pedir una excedencia por diversos motivos, como prepararte para un examen, cuidar a un familiar, hacer un voluntariado o por motivos personales. En la mayoría de los casos, pedir una excedencia no significa que pierdas tu derecho a cobrar el paro. Si cumplís los requisitos, puedes seguir cobrando el subsidio por desempleo, incluso si estás en excedencia. Sin embargo, hay algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo, si pides una excedencia voluntaria o si pedís una excedencia para hacer un curso de formación. En cualquier caso, es importante que te informes bien sobre los requisitos y las consecuencias de pedir una excedencia, para evitar sorpresas desagradables. Si tenés dudas, puedes acercarte a tu oficina de empleo o al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).¿Cuánto tiempo tengo que trabajar después de una excedencia para cobrar el paro?
La mayoría de las personas que viven en España trabajan y cotizan a la Seguridad Social. Esto les permite, en caso de tener que dejar su puesto de trabajo, cobrar el subsidio de desempleo. No obstante, existen excepciones para aquellas personas que hayan estado de baja médica, de maternidad o paternidad, en excedencia o en situación de incapacidad temporal. La pregunta que muchos se hacen es: ¿cuánto tiempo tengo que trabajar después de una excedencia para cobrar el paro?¿Qué es una excedencia?
Una excedencia es una suspensión voluntaria del contrato de trabajo por un tiempo determinado. Durante este período, el trabajador deja de percibir su salario y cotiza a la Seguridad Social, pero mantiene su empleo y sus derechos laborales.
¿Cuánto tiempo dura una excedencia?
Una excedencia puede durar entre un mes y cinco años. No obstante, el tiempo máximo que se puede estar de excedencia es de tres años si la persona tiene hijos a cargo, y de cinco años en el caso de cuidar a un familiar en situación de dependencia.
¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar el subsidio de desempleo?
Para cobrar el subsidio de desempleo, hay que haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos cinco años. No obstante, si se está en situación de desempleo involuntario, se puede cobrar el subsidio con menos días cotizados. En este caso, se requieren un mínimo de 120 días cotizados en los últimos tres años.
¿Cuánto tiempo tengo que trabajar después de una excedencia para cobrar el paro?
Para cobrar el subsidio de desempleo, hay que haber trabajado al menos un día en los últimos cinco años. No obstante, si la persona ha estado de excedencia durante más de tres años, tendrá que haber trabajado al menos tres años en los últimos diez para cobrar el subsidio.
En resumen, para cobrar el subsidio de desempleo después de una excedencia, hay que haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos cinco años, y haber trabajado al menos un día en los últimos cinco años.
¿Qué pasa si me despiden estando de excedencia?
Excedencia laboral es un derecho que tienen los trabajadores por ley y que puede ser voluntaria o involuntaria. En el primer caso, el trabajador pide el permiso y en el segundo, es el empleador el que lo concede. En ambos casos, la excedencia tiene una duración máxima de cinco años y, al finalizar, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo o a un puesto de igual o similar categoría profesional.
La excedencia es un derecho y, por tanto, el trabajador no puede ser despedido mientras está de excedencia. No obstante, en algunos casos es posible que el despido sea procedente. En concreto, si el trabajador está de excedencia voluntaria, el despido será improcedente si se produce antes de que hayan transcurrido dos años desde que el trabajador solicitó la excedencia. Si el despido se produce después de ese plazo, será procedente si el despido se produce por causas objetivas, es decir, por razones que justifiquen el cese del trabajador, como puede ser un exceso de absentismo o un mal rendimiento en el trabajo.
En el caso de que el trabajador esté de excedencia involuntaria, el despido será improcedente si se produce antes de que hayan transcurrido dos años desde que el trabajador solicitó la excedencia. Si el despido se produce después de ese plazo, será procedente si el despido se produce por causas objetivas, es decir, por razones que justifiquen el cese del trabajador, como puede ser un exceso de absentismo o un mal rendimiento en el trabajo.
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