¿Cómo cobrar el paro estando de excedencia?
Para cobrar el paro estando de excedencia, debes solicitarlo a la oficina de prestaciones del INEM. Para ello, debes rellenar un formulario y adjuntar una serie de documentos. En concreto, debes adjuntar el certificado de empadronamiento, el certificado de inscripción en el censo electoral y el DNI. También debes adjuntar el certificado de alta en la Seguridad Social, el certificado de baja en la Seguridad Social y el certificado de cotización a la Seguridad Social.
Una vez que hayas solicitado el paro, la oficina de prestaciones del INEM te enviará una carta de notificación. En esta carta se especificará la fecha en la que se tiene que realizar la entrevista personal. En la entrevista personal se deberá acreditar que se cumple con los requisitos para cobrar el paro. En concreto, se deberá acreditar que se está en situación de desempleo, que se está inscrito como demandante de empleo y que se cumple con el período de carencia.
¿Cómo cobrar el paro durante una excedencia voluntaria?
Una vez que hayas decidido tomar una excedencia voluntaria de tu trabajo, debes saber que puedes seguir cobrando el subsidio por desempleo, siempre y cuando cumplas una serie de requisitos. A continuación, te explicamos cómo cobrar el paro durante una excedencia voluntaria. ¿Qué es una excedencia voluntaria? La excedencia voluntaria es una situación en la que el trabajador deja de prestar sus servicios de forma voluntaria y con el consentimiento de la empresa. Durante este período, el trabajador mantiene su vinculación laboral y, por lo tanto, sus derechos y obligaciones. ¿Puedo cobrar el paro si me voy de excedencia voluntaria? Sí, es posible cobrar el subsidio por desempleo durante una excedencia voluntaria, siempre y cuando cumplas una serie de requisitos. En concreto, debes haber cotizado durante, al menos, 12 meses ininterrumpidos en los últimos 18 meses. Además, el importe del subsidio será proporcional al tiempo que hayas cotizado. Es decir, si has cotizado durante 12 meses, podrás cobrar el subsidio durante 6 meses; si has cotizado durante 24 meses, podrás cobrar el subsidio durante 12 meses, y así sucesivamente. ¿Cómo solicitar el subsidio por desempleo durante una excedencia voluntaria? Para solicitar el subsidio por desempleo durante una excedencia voluntaria, debes acudir a tu oficina de Seguridad Social más cercana y presentar los siguientes documentos: - El certificado de empadronamiento. - El certificado de la situación laboral. - El certificado de la situación personal. - El certificado de la situación contributiva. Una vez que hayas presentado todos los documentos, se te asignará un número de identificación personal (NIP) y podrás acceder al portal de la Seguridad Social. A partir de ahí, podrás solicitar el subsidio por desempleo.¿Cuándo pides una excedencia puedes cobrar el paro?
Si estás en paro y pides una excedencia por cuidado de familiares, por estudios o por formación, puedes seguir cobrando el subsidio por desempleo de forma ininterrumpida siempre que no superes el límite de días de excedencia establecido por la legislación.
La duración máxima de la excedencia no puede superar los tres años. Durante este tiempo, además, se mantiene la vinculación con la empresa.
Tras finalizar la excedencia, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo o, en su defecto, a ser colocado en otro puesto de trabajo de la misma categoría profesional o de igual o similar naturaleza, siempre que exista vacantes.
¿Cómo afecta una excedencia al paro?
Una excedencia laboral es un permiso retribuido que otorga el empresario a un trabajador para que deje de prestar sus servicios en la empresa durante un período de tiempo determinado. Se trata, por tanto, de una suspensión del contrato de trabajo. ¿Cómo afecta una excedencia al paro? Una excedencia no tiene por qué afectar al derecho a cobrar el paro. Sin embargo, para tener derecho a percibir la prestación por desempleo, el trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y, además, cumplir una serie de requisitos, entre ellos, haber cotizado durante un determinado número de meses. En el caso de que el trabajador no reúna los requisitos para cobrar el paro, sí que podrá hacerlo si, una vez finalizada la excedencia, cotiza durante un mínimo de tres meses. ¿Qué ocurre si el trabajador no cotiza durante la excedencia? En el supuesto de que el trabajador no cotice durante la excedencia, perderá el derecho a cobrar la prestación por desempleo. No obstante, si una vez finalizada la excedencia, el trabajador cotiza durante tres meses, podrá recuperar el derecho a la prestación.¿Cuánto tiempo hay que trabajar después de una excedencia para cobrar el paro?
Hay muchas personas que deciden tomar una excedencia por diversos motivos y, al hacerlo, se plantean si podrán cobrar el paro en el futuro. En este artículo vamos a tratar de dar una respuesta clara a esta cuestión.
¿Qué es una excedencia?
La excedencia es una modalidad de ausencia del trabajo que permite a los trabajadores ausentarse de su puesto de trabajo durante un período de tiempo determinado, sin que ello suponga la rescisión de su contrato de trabajo.
¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar el paro?
Para cobrar el paro, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- No estar en situación de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
- No estar cobrando otra prestación por desempleo o cualquier otra prestación social.
- Haber cotizado durante un período mínimo de 12 meses.
- Haber cotizado durante los últimos 4 años.
- No estar en situación de falta de empleo voluntaria.
- Estar dispuesto a trabajar.
- No tener ningún impedimento para trabajar.
¿Cuánto tiempo hay que trabajar después de una excedencia para cobrar el paro?
Después de una excedencia, el trabajador debe haber trabajado al menos un total de 360 días en los últimos cinco años para tener derecho a cobrar el paro. Si el trabajador no ha trabajado el mínimo requerido, no podrá cobrar el paro.
¿Cuál es la duración máxima de la excedencia?
La duración máxima de la excedencia es de cinco años. Si el trabajador se ausenta del trabajo durante más de cinco años, su contrato de trabajo se considerará rescindido y, por tanto, no podrá cobrar el paro.
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