¿Qué indemnización corresponde por cese de actividad?
Cuando un trabajador es despedido de forma improcedente, tiene derecho a cobrar una indemnización por cese de actividad. El importe de la indemnización está regulado en el Estatuto de los Trabajadores, que establece que el trabajador percibirá una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. Si el trabajador tiene menos de un año de servicio, la indemnización será de un día de salario por mes de servicio.
La indemnización se calcula sobre la base salarial del trabajador, que es la que se utiliza para calcular el salario mensual. La base salarial incluye todos los conceptos retributivos, como el salario base, los complementos salariales, las pagas extras, etc.
La indemnización por cese de actividad es un derecho del trabajador, por lo que el empresario no puede renunciar a ella. Si el trabajador renuncia a su derecho a la indemnización, el contrato de trabajo se considerará resuelto y el trabajador perderá todos los derechos derivados del contrato.
¿Cómo calcular indemnización por cierre?
La indemnización por cierre de empresa es una prestación a la que tienen derecho los trabajadores que se ven afectados por el cierre de su centro de trabajo. Se trata de una prestación por desempleo que se paga mensualmente y que tiene como finalidad ayudar a los trabajadores afectados a superar la situación de paro forzoso en la que se ven inmersos.
Para poder acceder a esta prestación, los trabajadores deben reunir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
- Estar inscritos como demandantes de empleo en el momento en que se produzca el cierre de la empresa.
- Haber estado contratados de forma indefinida en la empresa durante al menos dos años consecutivos.
- No estar en situación de paro en el momento en que se produzca el cierre de la empresa.
- No estar cobrando otra prestación por desempleo o subsidio por cese de actividad.
- No haber rechazado una oferta de empleo adecuada a su nivel de cualificación.
Una vez que se han cumplido todos estos requisitos, los trabajadores afectados por el cierre de la empresa podrán solicitar la prestación ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La base reguladora de la indemnización por cierre de empresa se calcula de la siguiente forma:
- Se toman en consideración los últimos 12 meses de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
- Se suman los salarios de esos 12 meses.
- Se divide esa cantidad por 360 (días).
- Se multiplica ese resultado por el número de días de indemnización a percibir (30, 60 o 90).
La indemnización por cierre de empresa es una prestación muy importante para los trabajadores afectados por el cierre de su centro de trabajo. Se trata de una prestación por desempleo que se paga mensualmente y que tiene como finalidad ayudar a los trabajadores afectados a superar la situación de paro forzoso en la que se ven inmersos.
¿Qué tipo de despido es por cierre de empresa?
Despidos por cierre de empresas son aquellos que se llevan a cabo cuando una empresa cierra sus puertas por completo. Esto puede ser debido a la quiebra, a la fusión con otra compañía o simplemente porque ya no hay trabajo para todos los empleados. Los empleados afectados por este tipo de despido generalmente reciben una indemnización, pero no siempre es el caso.
En algunos casos, los despidos por cierre de empresas pueden ser considerados legales, aunque sean dolorosos para los empleados afectados. Esto puede ocurrir si la empresa cumple con todos los requisitos legales y tiene un buen motivo para cerrar. Sin embargo, en otros casos, los despidos por cierre de empresas pueden ser ilegales y los empleados pueden demandar a la empresa.
Por lo general, los despidos por cierre de empresas son dolorosos para todos los involucrados. Los empleados pierden sus trabajos y sus ingresos, mientras que la empresa pierde una parte de su fuerza laboral. A menudo, las personas que trabajaban para la empresa cerrada no pueden encontrar otro trabajo fácilmente, lo que puede llevar a la pobreza y a otros problemas.
Si usted es despedido por cierre de empresa, es importante que sepa sus derechos. Asegúrese de leer todos los documentos que reciba y de hablar con un abogado si tiene alguna pregunta. También puede hablar con otros empleados afectados para ver si pueden ayudarle a conseguir un mejor trato.
¿Cuando un autonomo se jubila tiene que indemnizar a los trabajadores?
Un trabajador por cuenta propia puede jubilarse cuando lo desee, ya que no está sujeto a una edad mínima de jubilación. No obstante, cuando un trabajador por cuenta propia cesa su actividad y tiene trabajadores a su cargo, debe indemnizarlos de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
En concreto, el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores establece que "cuando el trabajador por cuenta propia cese su actividad profesional, deberá indemnizar a sus trabajadores por los daños y perjuicios que se deriven de dicha extinción, conforme a lo establecido en el presente artículo".
Asimismo, el artículo 56 del mismo Estatuto señala que "la indemnización a que se refiere el artículo anterior será de un mes de salario por año de servicio, con un límite máximo de doce meses de salario, si el trabajador ha estado en situación de alta durante más de cinco años, y de dos meses de salario por año de servicio, con un límite máximo de doce meses de salario, si el trabajador ha estado en situación de alta durante un período inferior a cinco años".
Por tanto, si un trabajador por cuenta propia tiene trabajadores a su cargo y desea jubilarse, deberá hacerlo de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y, en concreto, en los artículos 55 y 56.
¿Cuánto paga el FOGASA por cierre de empresa?
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es una institución pública española que se encarga de proteger a los trabajadores en caso de que la empresa donde trabajan cierre. En concreto, el FOGASA paga el 60% de los salarios de los trabajadores afectados, hasta un máximo de 1.500 euros mensuales. Para que el FOGASA pueda hacer efectivo el pago, los trabajadores deben solicitarlo a la institución y presentar una serie de documentos.
Para solicitar el pago por cierre de empresa, los trabajadores deben acudir a la oficina del FOGASA más cercana. Allí, deberán solicitar el formulario ES-3094 y presentar los siguientes documentos:
- Resolución judicial que declare el cierre de la empresa. - Certificado del Registro Mercantil en el que conste el cese de la actividad de la empresa. - Certificado de la Seguridad Social en el que conste el alta y baja de los trabajadores afectados. - Certificado del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en el que conste el alta y baja de los trabajadores afectados. - Copia del contrato de trabajo. - Copia del último recibo de salario. - Copia del DNI o pasaporte. - Copia del NIE (en el caso de los trabajadores extranjeros).
Una vez presentados todos los documentos, el FOGASA realizará una estimación del importe a pagar a cada trabajador afectado y, si éste está de acuerdo, procederá al pago. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el trabajador.
En algunos casos, el FOGASA puede denegar el pago. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si el cierre de la empresa se produce por causas no imputables a ésta o si se trata de una empresa que no cotiza a la Seguridad Social.
El FOGASA es una institución pública española que se encarga de proteger a los trabajadores en caso de que la empresa donde trabajan cierre. En concreto, el FOGASA paga el 60% de los salarios de los trabajadores afectados, hasta un máximo de 1.500 euros mensuales.
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